“Es así que, de manera grave, el Ministerio Público dejó en indefensión al Suboficial Gustavo Florentín al no haber presentado la carpeta fiscal dentro del plazo establecido por la norma. Es decir, inmediatamente con el requerimiento conclusivo acusatorio en este caso. Ese cuaderno fiscal fue presentado 14 días después, lo que genera una indefensión porque la Fiscalía tuvo la posibilidad de cargar cosas que no tenía a la fecha del requerimiento conclusivo” dijo el abogado.
Para el abogado esto significa que la Fiscalía se autoextendió el plazo durante 14 días; otro de los motivos que menciona es que a Florentín no se lo acusó por el tipo base, sino que directamente lo acusaron por el hecho de homicidio doloso agravado. Explicó que primero debían procesarlo por homicidio doloso simple para luego ir a la modalidad agravada, lo que fue una omisión bastante grave por parte del Ministerio Público, según refiere Estigarribia.
“Lo que pasa es que en el tipo base de la norma es donde se describe la conducta del tipo legal y esa configuración básica de lo que dice la norma al ciudadano respecto a lo que no puede hacer, es la que omitió el Ministerio Público, esa subsunción base y, obviamente, sin una subsunción base no puede haber una subsunción agravada” agregó.
Esto se debe a que supuestamente el disparo que acabó con la vida del joven dirigente liberal Rodrigo Quintana, ocurrió dentro del pasillo de la sede del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA). Otro de los argumentos es el supuesto incumplimiento del art. 350 por la falta de oportunidad suficiente para la indagatoria.



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