En su resolución, la magistrada sostuvo que, tras el análisis de informes judiciales, penitenciarios, criminológicos y médicos, así como la constitución del juzgado en el establecimiento penitenciario, no se constató la vulneración de derechos y garantías fundamentales del prevenido, en particular en lo referente a su salud, integridad física y condiciones de reclusión.

El fallo señala que el interno recibe alimentación diaria adecuada conforme al régimen del penal, atención médica y psiquiátrica, visitas profesionales y familiares según reglamento, además de acceso a espacios de recreación y aire libre acordes al módulo en el que se encuentra alojado.

No obstante y, aun rechazando la tutela solicitada, la jueza exhortó a las autoridades penitenciarias a arbitrar los medios necesarios para continuar salvaguardando la salud y la integridad física del procesado, dejando a salvo la posibilidad de que se presenten nuevos pedidos en caso de que se verifiquen eventuales afectaciones a sus derechos en el futuro.