Uno de los teléfonos que será peritado pertenece al agente del Ministerio Público.
La resolución, dictada el 24 de noviembre de 2025 mediante el A.I. N.º 392, responde al requerimiento fiscal presentado por el agente fiscal Luis Piñánez.
El Ministerio Público solicitó autorización para acceder a la información contenida en los dispositivos pertenecientes a Luis Antonio Méndez Vera, Rubén Darío Riveros Medina y Hugo Alejandro Martínez. Según el requerimiento, los aparatos podrían contener datos relevantes para la investigación, especialmente mensajes, llamadas y contenido multimedia intercambiado entre diciembre del 2024 y octubre del 2025, periodo en el que habrían tenido lugar los hechos investigados.
El juzgado señaló que, por tratarse de objetos de uso personal, el acceso a los dispositivos exige estricta observancia de garantías constitucionales vinculadas a la intimidad y a la inviolabilidad de comunicaciones privadas. En ese sentido, la magistratura citó los artículos 36 de la Constitución Nacional, 198, 192 y 282 del Código Procesal Penal (CPP), que regulan la interceptación, secuestro y análisis de correspondencia y datos electrónicos bajo control judicial.
La resolución destaca que la extracción de información se realiza en el marco del principio de búsqueda de la verdad, establecido en el art. 172 del CPP y que su objetivo es determinar la existencia de vínculos, comunicaciones y eventuales patrones de coordinación entre las personas investigadas. El análisis técnico permitirá evaluar mensajes de texto, llamadas y archivos compartidos en aplicaciones de mensajería instantánea, así como documentos, fotografías, audios y videos.
El juzgado consideró que la diligencia es necesaria, proporcional y adecuada para el avance del proceso, por lo que resolvió autorizar el procedimiento solicitado por el Ministerio Público. La operación técnica será ejecutada bajo responsabilidad del fiscal Luis Piñánez y estará a cargo del especialista en informática forense Jorge Sebastián Riquelme Salinas, quien deberá aceptar formalmente el cargo en audiencia fijada para el 05 de diciembre del 2025 a las 10:30 horas.
La resolución también ordena notificar a las defensas conforme a lo establecido en el art. 192 del CPP, garantizando el contralor de las partes. Finalmente, la medida habilita la extracción de toda la información comprendida en el periodo señalado, incluyendo comunicaciones entrantes y salientes, como parte del proceso para esclarecer los hechos investigados en la causa por tráfico de influencias.



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