La condena fue impuesta en un segundo juicio oral que fue ordenado por la propia Corte Suprema de Justicia, juicio en el cual se ordenó también el comiso de G. 29.237.656.115. Tanto la defensa del condenado como el Ministerio Público habían presentado una apelación, buscando un tercer juicio oral.
En la sentencia dictada en agosto del 2024, un Tribunal de Sentencia llegó a la conclusión de que Rubén no incluyó, en sus DDJJ de 2016 y 2018, cuentas bancarias, Certificados de Cuentas de Ahorro (CDA) y también inmuebles. Además, también consignó datos no ajustados a la realidad en cuanto a algunas cuentas bancarias.
Asimismo, se comprobó la conformación de la empresa con el fin de lavar dinero ilícito, ya que fue corroborada la falta de solvencia de la empresa para la compra de inmuebles en el año 2016.



COMENTARIOS