La decisión fue adoptada tras la apelación presentada por el fiscal Rodrigo Vázquez Díaz, quien había cuestionado duramente la falta de fundamentación del fallo dictado por el Tribunal de Sentencia integrado por los jueces Julio Alfonso, Víctor Ortigoza y Juan Ruíz Díaz.
De acuerdo con la resolución, los camaristas consideraron que los jueces de primera instancia realizaron una valoración deficiente y parcial de las pruebas, omitiendo elementos claves como las capturas de pantalla de conversaciones entre el acusado y la víctima, en las que se evidenciaban mensajes con contenido afectivo y sexual inapropiado. Entre los textos exhibidos en juicio, el profesor se dirigía a la menor con frases como “te amo”, “te adoro” y “quiero sentir tu piel”, además de invitarla en reiteradas ocasiones a ir a su casa.
El Tribunal de Apelaciones sostuvo que el fallo absolutorio incurrió en una omisión de análisis lógico y analítico de las pruebas, además de cercenar la acusación fiscal al ignorar hechos relevantes del caso. Los camaristas afirmaron que los jueces se limitaron a buscar pruebas “explícitas del acto” y desatendieron el contexto del acoso digital, que también constituye un hecho punible.
La Fiscalía había demostrado que la niña recibió más de 600 mensajes y audios de carácter afectivo y sexual enviados por su profesor, situación que generó alarma en la familia y motivó la presentación de la denuncia en el año 2022. Sin embargo, pese a la contundencia del material, el Tribunal de Sentencia absolvió al acusado, lo que provocó indignación tanto de la ciudadanía como del Poder Judicial.
Con la nueva resolución, la causa fue reenviada para la realización de un nuevo juicio oral y público ante otro Tribunal de Sentencia, que deberá analizar nuevamente todas las pruebas. Paralelamente, los magistrados que absolvieron al docente están siendo investigados por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM).



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