El estudio de la modificación del Artículo 245 del Código Procesal Penal que habla sobre “las medidas alternativas o sustitutivas de la prisión preventiva” ha sido objeto de un amplio debate en la Comisión Nacional para el Estudio de la Reforma del Sistema Penal.

La diputada Rocío Vallejo (PQ) manifestó a la 970 AM que desde dicha comisión analizaron este tema con referentes de diversos sectores, incluyendo a gremios de abogados, organizaciones de la sociedad civil, el Poder Judicial y el Ministerio Público, entre otros.

Según recordó, este artículo del Código Procesal Penal había sido modificado en el año 2011 por una norma que todo el mundo jurídico consideraba como “inconstitucional” debido a que en los casos de crímenes (con pena privativa de libertad mayor de 5 años) no se podían otorgar medidas alternativas a la prisión.

Afirmó que para que una persona vaya presa deben cumplirse ciertos requisitos indispensables y, al otorgar este tipo de medidas cautelares, se da un permiso en el ordenamiento jurídico siempre que se den dichos requisitos. “En la actualidad, una persona puede ir a prisión preventiva sea por un delito o por un crimen cuando un juez determina que no se va a sujetar al proceso estando en libertad”, expresó

Desde la Comisión Nacional para el Estudio de la Reforma del Sistema Penal se había propuesto un texto con el cual se volvía prácticamente a la versión original del Código Procesal Penal, indicó. Sin embargo, en el Senado se había introducido una modificación estableciendo un “catálogo de delitos” que consideró “sumamente peligroso e inconstitucional”.

En la versión de la Cámara de Senadores se establece que no se podrán otorgar medidas alternativas ni sustitutivas a la prisión cuando se trate de homicidio doloso, lesión grave, coacción sexual, abuso sexual en niños y secuestro, quedando los demás hechos punibles a criterio del juez.

Al ser consultada sobre casos de personas que son acusadas de hechos punibles como el narcotráfico y que son beneficiadas con este tipo de medidas, Vallejo refirió: “No pueden salir si se aplica correctamente la ley. Si es un hecho punible grave, si la persona está vinculada, si existe peligro de fuga y obstrucción no puede salir, sea un delito o un crimen, es aplicar la ley nomás”.

La parlamentaria patriaqueridista adelantó que van a pelear para que se mantenga la versión del texto de la Comisión y que no se vuelva a derogar una norma inconstitucional “para volver a instalar otra norma inconstitucional”.