El Tribunal rechazó la reposición que planteó la defensa respecto a la convocatoria a juicio oral. La defensa de Espinoza planteó el recurso argumentando que existe una acción de inconstitucionalidad contra el fallo de la Cámara de Apelación. Explicó que eso impide que avance el proceso ya que el objeto del recurso es un Acuerdo y Sentencia, que según el Código Procesal Civil el mero planteamiento tiene un efecto suspensivo.
Al respecto, el abogado querellante José Armoa explicó que el Tribunal de Apelación anuló la condena de 4 años de cárcel a la odontóloga Lilia Espinoza y la de 3 años de prisión a la química farmacéutica Sandra Hermosa, ambas sentenciadas por homicidio culposo de la joven Sol Chávez, quien murió por intoxicación tras consumir flúor. Se ordenó el reenvío para un nuevo juicio oral y público en relación a la medición de la pena.
“Lo que se va a hacer ahora es estudiar si hay o no una variación en esa pena, que puede ser mayor, puede ser igual o inferior; nosotros por nuestra parte vamos a pedir siempre la pena máxima” comentó.



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