Recientemente, la Sala Penal de la Corte dejó firme el sobreseimiento definitivo del extitular de la ANDE, el ingeniero Carlos Heisele, y de otras cuatro personas que habrían ocasionado el millonario perjuicio a la entidad mediante supuestas indemnizaciones irregulares a propietarios de inmuebles de la franja de dominio de la Línea 500 kV, que une la Itaipú Binacional y el departamento de Presidente Hayes, entre los años 2012 y 2013.
Pese a que la acusación se presentó en diciembre del año 2018, la audiencia preliminar respecto al principal acusado se realizó recién en febrero del año 2024, debido a los recursos que dilataron la diligencia y al tiempo que tardaron los órganos jurisdiccionales en rechazarlos.
Si bien la causa fue reabierta en el 2018, dicha decisión fue apelada por la defensa y la Cámara de Apelación tardó un año y seis meses en ratificarla. No obstante, el fallo de segunda instancia fue objeto de una acción de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia.
La Sala Constitucional de la Corte demoró casi tres años en resolver dicha inconstitucionalidad, ya que en mayo del 2022 hizo lugar a la suspensión de efectos de ambas resoluciones que reabrieron el proceso y recién en julio del 2023 se declaró una caducidad de instancia, lo que permitió que en noviembre de ese año el expediente bajara al juzgado de garantías para la audiencia preliminar, cuando la causa ya estaba prescripta por haber transcurrido el doble del plazo de prescripción del hecho punible de lesión de confianza.
En lo que respecta a los exfuncionarios de la ANDE Mónica Rodríguez y Jacinto Bernal, sí se pudo realizar un juicio oral, en el cual se demostró la culpabilidad de los mismos y fueron condenados a más de tres años. No obstante, la prescripción también operó antes de que la sentencia pudiera quedar firme.
En la última etapa del proceso, la Sala Penal no admitió la casación que pretendía revertir la prescripción y el sobreseimiento de los acusados, ya que la Fiscalía presentó un mes tarde el recurso extraordinario por un «problema» con la asignación de fiscales en la causa. La actuación fiscal fue calificada de negligente e incluso se remitieron los antecedentes del caso, ya que habría mal desempeño de funciones por parte de los agentes del Ministerio Público.
Según la resolución de la Corte, el 30 de enero de 2025 fue designada la exfiscal Natalia Cacavelos en reemplazo del fiscal Leonardi Guerrero, quien era titular de la causa. No obstante, esta se inhibió el 6 de marzo de 2025, debido a que el abogado Guillermo Duarte Cacavelos, interviniente en el caso, es su pariente. Por ello, el fiscal Francisco Cabrera, que seguía en el orden de turno, tuvo que intervenir en la causa y presentar la casación, pero para entonces ya había vencido el plazo para hacerlo.
No obstante, refiere la Corte que, conforme al artículo 4 de la Ley N.º 1562/00, el Ministerio Público es único e indivisible, por lo que la reasignación administrativa no justifica la falta de presentación oportuna del recurso. Además, menciona que el fiscal Leonardi Guerrero fue notificado formalmente el 8 de abril de 2025 para presentar la casación, lo que activaba su deber de interponer el recurso en plazo.
Ante dicha situación, y en la misma resolución, la máxima instancia judicial dispuso la remisión de los antecedentes al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), a la Dirección General de Auditoría de Gestión Jurisdiccional, al Consejo de Superintendencia de la Corte y a la Inspectoría General del Ministerio Público, a fin de que se investigue la actuación de los fiscales y se esclarezca el motivo del retraso en el expediente que motivó la prescripción.



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