Sin embargo, los procesados lograron trabar la diligencia en cuatro ocasiones, con recusaciones y otros incidentes, que evidentemente tienen un fin dilatorio. Los hechos se produjeron durante la gestión del hoy diputado Esteban Samaniego, quien está imputado, pero no puede ser procesado, debido a que está blindado por la Cámara Baja, que no le quita sus fueros, pese a reiterados pedidos de la justicia.
Los acusados Carlos Aurelio Bareiro Bogarín (exintendente interino de la Municipalidad de Quyquyhó) y Ruth Mercedes Medina, su cónyuge, la semana pasada plantearon el incidente arguyendo que, dado que los supuestos hechos se cometieron en el departamento de Paraguarí, la competencia territorial para juzgar la causa corresponde a los tribunales de dicha circunscripción judicial, específicamente al Juzgado de la ciudad de Quiindy.
Ante esta presentación, se suspendió por cuarta vez la preliminar prevista para los días 17,18 y 19 de setiembre, en la que se tiene que resolver si los acusados afrontan o no juicio oral y público como pide el Ministerio Público.
Según el planteamiento, el proceso judicial se inició en 2018, mucho antes de la entrada en vigencia de las nuevas divisiones judiciales y la creación de los tribunales especializados, implementados por la Ley 6379/19 y la Acordada N° 1419/20, de julio de 2020. Por ello, insisten en que el juez Otazú carece de competencia para seguir con el caso.
“Considerando que los supuestos hechos según la teoría del caso de la Fiscalía han sido cometidos en el departamento de Paraguarí, corresponde en consecuencia que sea la competencia territorial del departamento de Paraguarí el hábil para entender la presente causa”, expresa el escrito.
La defensa expuso que existe agravio “siendo que los acusados tienen que trasladarse hasta Asunción cada vez que sean requeridos. Y así lo han hecho, durante todos estos años, en la Fiscalía, en el juzgado de Garantías y eventualmente en el tribunal de sentencia” y agregó que “como imputados, se debería estar cerca de los hogares durante el proceso. Como imputados, ya se han soportado serios problemas por no estar cerca de sus defensores particulares o de la defensa pública, entorpeciendo el ejercicio efectivo de la defensa.”
La defensa alegó que juzgar a los acusados en un tribunal creado años después de los hechos sería como someterlos a «tribunales especiales», una práctica prohibida por la Constitución Nacional y tratados internacionales, citando los Juicios de Núremberg como un ejemplo histórico de esta situación.
El juez Otazú deberá resolver el incidente de incompetencia antes de que pueda fijarse nuevamente fecha para la audiencia preliminar, en la que se debe definir si la intendenta Corvalán y los demás acusados enfrentarán juicio oral por administración en provecho propio, lesión de confianza y otros hechos punibles.
Convocatoria y suspensiones de audiencias preliminares:
Primera convocatoria: 12 y 13 de febrero de 2025
Fue suspendida debido a recursos pendientes de resolución planteados por las defensas técnicas de Manuel Olazar y la jefa comunal, Patricia Corvalán, quien recurrió ante la Sala Penal de la Corte, contra la resolución de la Cámara de Apelación que confirmó la decisión del juez Humberto Otazú de convocar a preliminar.
Segunda convocatoria: 22, 23, 26 y 27 de mayo de 2025
La audiencia preliminar del 22 de mayo de 2025 fue suspendida para Andrés Alfredo Arrúa Britez y Enrique Javier Lovera Lezcano, cuyas defensas alegaron superposición de audiencias y no pudieron presentarse a la diligencia.
Para Carlos Aurelio Bareiro Bogarín, Christian Daniel Domínguez Aponte y Ruth Mercedes Medina Yegros, la suspensión del 22 de mayo de 2025, se debió a que no contaban con defensa técnica al momento de la audiencia, al igual que Manuel Olazar Duarte.
La audiencia del día siguiente fue aplazada debido a las recusaciones planteadas en contra del fiscal Silvio Corbeta y del Juez Penal Humberto Otazú por la defensa de Enrique Javier Lovera Lezcano, exjefe de la UOC, Enrique Lovera. Al magistrado lo recusó por supuesta animosidad y al fiscal por
Tercera convocatoria: 14, 15, 16, 17 y 18 de julio de 2025:
Estas audiencias fueron suspendidas debido a una nueva recusación contra del Juez Penal Humberto Otazú, planteada por el procesado Guido Ramón Vargas, exsecretario municipal de Quyquyhó (2015), alegando que magistrado adelantó criterio al referirse a Vargas como supuesto cómplice en el momento de imponer medidas cautelares.
Cuarta convocatoria: 17, 18 y 19 de setiembre
Sin embargo, esta diligencia tampoco se pudo realizar, debido a que los acusados plantearon la incompetencia del juez Otazú para atender el caso.
La imputación en el marco de esta causa, en la cual también está procesado el diputado Esteban Samaniego (protegido por sus fueros parlamentarios) se presentó el 23 de diciembre de 2023 y la acusación fue formulada el 11 de diciembre de 2024; a la fecha han transcurrido 9 meses y 11 días.
El Observador



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