La mujer fue condenada por comercialización de sustancias estupefacientes e inducción a menores de edad a cometer hechos punibles, hechos previstos en la Ley N.º 1340/88.

Durante el juzgamiento, la fiscal Ingrid Cubilla demostró que la condenada operaba desde su inmueble ubicado en el barrio Republicano de la capital. Quedó probado que Benítez Zelaya coordinaba las entregas a través de la aplicación WhatsApp, empleando dos metodologías de distribución: la venta directa desde su domicilio y la entrega en una plaza de la zona.

De acuerdo a lo probado, la mujer no solo ejercía el microtráfico de forma directa, sino que inducía e impartía instrucciones a sus hijas menores de edad para que intervinieran activamente en la dosificación, preparación y entrega de las dosis a los compradores.

La causa tuvo su origen en un allanamiento ejecutado el 3 de septiembre de 2024. En aquella oportunidad, los intervinientes incautaron 11,150 kilogramos de marihuana y 126 gramos de cocaína, repartidos en múltiples dosis listas para la venta. Asimismo, se incautaron de una balanza de precisión, un teléfono celular y la suma de G. 3.797.500 en efectivo.