La defensa de Benítez había planteado la jueza Rosarito Montanía que al momento de presentar su acusación la fiscalía no acompañó con las pruebas y pedían se anule la acusación, la magistrada dio curso favorable a ese requerimiento. Sin embargo ahora los camaristas al estudiar la apelación no encontraron elementos que puedan sustentar la nulidad de la acusación.
“El sistema acusatorio que rige el procedimiento penal, se erige sobre principios bien definidos, encaminados a la oralidad y la simplificación de los actos, superando el antiguo ritualismo. En tal sentido, el espíritu de las normas que rigen la cuestión sometida a estudio se encuentran estrechamente vinculadas a la garantía del derecho a la defensa, en el sentido de estar en conocimiento de todas las diligencias o medios probatorios que ha colectado la fiscalía en la etapa de investigación, por ende, el plazo que ha determinado la a quo dispone el cumplimiento de esa garantía, por tanto, podría hasta concluirse que la providencia recurrida no le causa agravios, pues la finalidad es que la defensa examine la carpeta de investigación y pueda afrontar la audiencia preliminar «sin sorpresas», que la defensa se encuentre informada para presentar todo cuanto haga a su rol defensivo, la presentación de la carpeta fiscal y las evidencias pueden inclusive estar a disposición de las partes ya sea en sede fiscal o judicial”, apunta una parte de la resolución de los camaristas donde se aclara que no hubo lesión de los derechos del acusado.
De esta manera se confirma la presentación de la acusación de parte de la fiscala Cáceres y proseguirá el caso con la fijación de la audiencia preliminar para “Miguel Celular”, quien sindicado como el jefe de una organización de tráfico internacional de drogas y que es dueño de la carga de 2.906 kilos de cocaína que fue incautado en octubre de 2020 en el Puerto de Villeta.



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