El Tribunal de Apelación Penal 1ª Sala de la Capital, confirmó el fallo que condenó a 4 años de cárcel al exdiputado y exgerente de Créditos del Instituto de Desarrollo Rural y la Tierra (Indert) Carlos María Soler Cano, por cohecho pasivo agravado, extorsión y tráfico de influencias.
La ministra Carolina Llanes remarcó la improcedencia de este recurso atendiendo que, las decisiones dictadas por este Órgano generalmente, son irrecurribles -exceptuando la aclaratoria o reposición- razón por la cual, corresponde No Hacer Lugar al incidente de nulidad formulado, por inconducente.
A su vez, el ministro Benítez Riera adujo “el presente incidente de nulidad contra la tramitación del recurso y, en consecuencia, la resolución producto del mismo es diáfanamente extemporáneo, justamente, en razón de que el órgano jurisdiccional ya se expidió sobre el thema decidendum por el cual el expediente llegó hasta la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. Es por ello que ni siquiera corresponde la tramitación del presente incidente, sino su rechazo in límine, es decir, sin sustanciación alguna.”
“Más bien, el presente incidente de nulidad es una suerte de recurso camuflado, puesto que, si bien se cuestiona la tramitación del recurso, en última instancia, el petitorio del justiciable anhela la nulidad de la resolución dictada.”
A su turno, el ministro Ramírez Candia sostuvo que la incidentista falta a la verdad, al afirmar mi parcialidad en este caso al “confirmar al tribunal integrado por mi cónyuge”, porque tal como se señala en el párrafo anterior, al resolver la inadmisibilidad, no se estudió si correspondía o no su intervención, expidiéndome en esta causa para facilitar la celeridad del proceso.
Soler recibió condena de 4 años por solicitar USD 125.000 para dejar sin efecto una adjudicación de tierras, cuando ejercía un cargo directivo en el INDERT.



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