Fue fallo unánime de los camaristas Adriana Giagni, Arnulfo Arias y Arnaldo Fleitas, quienes en forma unánime ratificaron la sentencia dictada en el juicio oral contra el procesado.

El precandidato a concejal de Asunción fue sentenciado el 16 de octubre del 2025 por los jueces Juan Pablo Mendoza, Carlos Hermosilla y Héctor Fabián Escobar, quienes le aplicaron la citada pena, pero con la suspensión de la ejecución de la condena. Tiene la obligación de devolver la suma de G. 330 millones en un plazo de 36 meses.

Carlos Viveros Cabral había sido condenado por presuntamente estafar a un empresario al venderle un vehículo que estaba embargado. El contrato en cuestión fue firmado en marzo del 2018 entre Viveros y la empresa OMAM SA, propiedad de Óscar Amarilla, quien compró de buena fe el vehículo de la marca Ford, modelo Mustang, de color negro, año 2015.

Para adquirir el vehículo, según se probó en el juicio oral, Amarilla entregó un automóvil como parte de pago y un cheque de garantía por G. 110.000.000. El adquirente finalmente perdió el Mustang y ello le generó el perjuicio patrimonial. La víctima era ex yerno del fallecido diputado Eulalio Lalo Gomes.

La abogada Alba González, en su recurso, sostuvo que no se demostró el engaño idóneo ni el perjuicio económico, que la cuestión responde a una cuestión patrimonial civil o contractual, que no hubo ánimo para defraudar, que se tuvo una prueba viciada, entre otros.

Además, sostuvo que el fallo atacado incluso había sobreseído al procesado por la supuesta frustración de la ejecución individual.

La magistrada Giagni, que fue preopinante, analizó uno por uno los agravios, y sostuvo que el fallo fue bien fundado, que el análisis del tribunal se realizó de manera correcta, y que se determinó el hecho de estafa, por lo que la condena fue aplicada correctamente.

Con ello, la camarista vota por ratificar la sentencia dictada en el juicio oral contra el procesado.

Sus colegas Arnulfo Arias y Arnaldo Fleitas se adhirieron al voto de la camarista, por lo que finalmente confirmaron en todos sus puntos la condena contra Viveros Cabral.

Ahora, la defensa puede recurrir a la Corte Suprema, con un recurso extraordinario de casación ante la Sala Penal, o una acción de inconstitucionalidad ante la Sala Constitucional.