Ambas fueron condenadas por cohecho pasivo agravado, tras ser halladas culpables de participar en un esquema de expedición irregular de registros de conducir, mediante la entrega anómala de certificados de vida y residencia, exigidos como requisito para la tramitación del documento. Según lo determinado en juicio oral, cobraban entre Gs. 25.000 y Gs. 30.000 por cada certificado, conforme a lo denunciado por el intendente de San Lorenzo.
Según la investigación, Corvalán solicitó dinero a dos ciudadanas a cambio de conseguirles certificados de vida y residencia emitidos de manera irregular por la Policía Nacional. Morel Giménez, quien confeccionó los documentos falsos sin tener la jerarquía para hacerlo, certificó datos no verificados a través de mensajes coordinados por WhatsApp. Dichos certificados fueron usados para la renovación de licencias de conducir.
El Tribunal de Sentencia, presidido por la juez Karina Jazmín Cáceres González, impuso a Corvalán 2 años de prisión y a Morel 1 año y 8 meses, ambas con suspensión a prueba de la ejecución de la condena y reglas de conducta.
Las defensas apelaron alegando errores de valoración probatoria y violación del principio de congruencia, sin embargo, el Tribunal de Apelación, integrado por los doctores Arnulfo Arias Maldonado, Paublino Escobar Garay y Mario Camilo Torres Leguizamón, rechazó los recursos y ratificó la sentencia. Los magistrados consideraron acreditada la conducta ilícita, destacando que el procedimiento se apartó de las normas establecidas por la Policía Nacional y vulneró la confianza pública.



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