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2024-07-02 07:12:22 AM
Confirman la condena del diputado que protagonizó un escándalo sexual en plena sesión del Congreso
La Cámara de Casación Federal confirmó la condena a un mes de prisión en suspenso que le fue impuesta al exdiputado nacional peronista por Salta Juan Emilio Ameri, quien en plena sesión parlamentaria virtual, cuando estaba encendido el Zoom, protagonizó una escena sexual con su pareja, a la que le besó los pechos, a la vista de sus colegas legisladores.

La condena, dictada por el delito de “perturbación del orden de los cuerpos legislativos”, fue confirmada por los jueces de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Mariano Borinsky, de manera unánime.

La condena había sido impuesta en marzo de este año por el juez federal Ariel Lijo, en un juicio correccional por ser las penas inferiores a los 3 años.

Ameri protagonizó la escena del escándalo el 25 de septiembre de 2020, en plena pandemia de coronavirus, cuando las sesiones de la Cámara de Diputados se realizaban de manera híbrida, con legisladores presentes en el recinto y otros por Zoom.

Ese día participaba de manera remota, conectado desde su domicilio en la provincia de Salta, en el debate sobre el Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Jubilatorio y la refinanciación de las deudas de las provincias con la Anses, que se estaba llevando a cabo en el recinto.

Alrededor de las 13.30, cuando el legislador Carlos Heller hacía uso de la palabra, Ameri se encontraba sentado junto a una mujer, a quien le bajó la ropa y le besó uno de sus pechos, lo que generó que las imágenes se viralizaran rápidamente por los medios de comunicación.

La escena provocó que el presidente de la Cámara de Diputados en ese momento, Sergio Massa, interrumpiera la sesión y planteara la situación a consideración del cuerpo legislativo, al tiempo que sugirió que el diputado fuera suspendido.

Juan Emilio Ameri, exdiputado

Juan Emilio Ameri, exdiputadoMauro Alfieri

Horas después, Ameri presentó la renuncia a su banca, la cual fue aceptada por la Cámara de Diputados.

En la sentencia, los camaristas Hornos, Carbajo y Borinsky coincidieron en que el fallo condenatorio dictado por el juez Lijo en marzo pasado se encontraba debidamente fundado, estaba exento de fisuras lógicas o de violación alguna a las reglas de la sana crítica y resultaba una derivación razonada del derecho vigente con ajuste a las particulares circunstancias comprobadas de autos.

Así, descartaron diversos planteos formulados por la defensora particular de Ameri contra la condena, por ejemplo una supuesta arbitrariedad en la valoración de la prueba, la supuesta violación al principio de congruencia, una errónea calificación legal del hecho, por haber admitido que el delito puede ser cometido con dolo eventual y una queja por el monto de la pena que consideró desproporcionado.

De esa forma, la Sala IV de la Casación rechazó el recurso interpuesto por la defensa particular de Ameri y confirmó su condena a un mes de prisión de ejecución condicional.




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