La Cámara, compuesta por magistrados Adriana Giagni, Arnulfo Arias y Arnaldo Fleitas, resaltó que el procesado no se encuentra a disposición de la justicia.

El tribunal subrayó que es una posición constante no admitir recursos presentados «desde la clandestinidad», exigiendo que los condenados se entreguen antes de realizar cualquier planteamiento procesal.

El abogado defensor, Álvaro Arias, había apelado el Auto Interlocutorio N° 383 del 3 de octubre de 2025, el cual revocaba las medidas alternativas y ordenaba la reclusión de Lippmann en la Penitenciaría Nacional de Tacumbú. La defensa sostenía que la ejecución de la pena de siete años de prisión debía suspenderse debido a una acción de inconstitucionalidad aún pendiente de resolución.

Sin embargo, el Tribunal aclaró que la condena ya se halla firme, tras haberse resuelto el recurso de casación en diciembre de 2023.

De esta manera Lippmann continúa con una orden de captura vigente en todo el territorio paraguayo.