Específicamente el recurso interpuesto bajo patrocinio del Abg. Filemón Meza fue contra el Auto Interlocutorio N° 93 del 20 de marzo de 2026, dictado por el juez de Garantías Especializado en Crimen Organizado, Osmar Legal, que admitió la imputación, abrió el proceso penal y dictó la prisión preventiva de Flamengo por presunto tráfico internacional de drogas, tenencia sin autorización de sustancias, asociación criminal y lavado de activos provenientes del narcotráfico, en el marco de la cauda Pavo Real Py II.
La apelación general presentada por la defensa de Thiago de Oliveira fue declarada inadmisible porque presentó en el 6° día posterior a la notificación, superando el plazo de 5 días corridos que establece el artículo 129 del Código Procesal Penal, según resaltan los camaristas Claudia Criscioni, Camilo Torres y Arnaldo Fleitas.
Flamengo fue detenido en la mañana del pasado viernes 20 de marzo, en una vivienda ubicada en el Cuarto Barrio de la ciudad de Luque, hasta donde llegó una comitiva conjunta de la Fiscalía y de la Unidad Especial de Inteligencia Sensible Antinarcóticos y Hechos Punibles Conexos (SIU) de la Policía Nacional, encabezada por el fiscal Andrés Arriola.



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