En su nota de solicitud, el magistrado también solicitó el pago de sus vacaciones no usufructuadas y también su aguinaldo proporcional. El pedido fue aceptado por la Corte sin entrar en debate.
En marzo, el juez Víctor Nilo Rodríguez y otros 12 exfuncionarios del Juzgado de Paz de Recoleta fueron imputados por prevaricato, uso de documentos públicos de contenido falso y producción inmediata de documentos públicos de contenido falso.
El ahora exmagistrado, fue imputado por prevaricato, en calidad de autor, y uso de documentos públicos de contenido falso, en calidad de coautor, además de hurto en calidad de autor.
De acuerdo a la imputación, el mismo, en su carácter de juez, en por lo menos 174 expedientes, entre el 2023 y 2024 habría dictado resoluciones judiciales violando el principio de igualdad (art. 15 literal f num. 3 del código procesal civil).
Debido a esta causa, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, en marzo, abrió una investigación de oficio y posteriormente retiró sus fueros para someterse al proceso penal abierto por la Fiscalía.
El 21 de abril fue nuevamente imputado junto a otras 10 personas, entre funcionarios judiciales y representantes de casas de crédito, por presuntamente haber causado un perjuicio de G 5.541.026.492 mediante descuentos a socios de la Asociación de Funcionarios del SNPP, dinero que tenía que ser destinado al pago de créditos.
Esta segunda causa es el resultado de una auditoría que detectó el citado faltante, monto que no se encuentra justificado ni respaldado con documentos válidos, representando un grave perjuicio patrimonial para la Asociación y sus asociados, según los primeros elementos de sospecha.
Los hechos en esta segunda causa se habrían registrado entre los años 2023 y 2024; Rodriguez Acosta, las actuarias Abgs. Rosa del Pilar Lezcano Correa y Gloria Isabel Morínigo Gill-adscritas a las Secretarías N.º 1 y N.° 2 del Juzgado de Paz de la Recoleta, respectivamente, así como los ujieres notificadores Ingrid Natalia Macarena Prette Goldenberg y Fernando Cáceres González, habrían incurrido en graves irregularidades procesales en el marco de juicios de preparación de acción ejecutiva promovidos contra asociados de la Asociación de Funcionarios del Servicio Nacional de Promoción Profesional.
Dichos procesos habrían sido impulsados por apoderados judiciales de distintas entidades crediticias, en los que se utilizaban pagarés correspondientes a contratos de préstamo gestionados con la intermediación de la Asociación. Cabe señalar que, conforme a las condiciones contractuales pactadas, la Asociación asumía la calidad de deudora principal y tenía la obligación de retener los importes correspondientes a través de descuentos automáticos en los haberes mensuales de los socios, remitiendo posteriormente dichos montos a las entidades acreedoras mediante planillas de liquidación.
El Observador



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