Ríos expuso dos casos relacionados con hechos punibles que afectan al medioambiente, en los que el Ministerio Público imputó y acusó con una calificación legal específica. Sin embargo, en las audiencias preliminares, el mismo Ministerio Público solicitó, sin variar los hechos base, una modificación de la calificación jurídica, a la cual el juez Florentín accedió. Esta decisión permitió aplicar la suspensión condicional del procedimiento a los imputados.

El ministro criticó con dureza esta práctica, considerando que no existía fundamento técnico-jurídico que justificara un cambio de calificación sin alteración fáctica. Agregó que incluso se aplicaron normas penales contradictorias, lo cual, a su criterio, abre el debate sobre la posible comisión del delito de prevaricato.

Además de ello, mencionó la preocupación que generó el caso de Julio Coronel Cardoso Zorrilla, imputado por transgresión a la Ley 716/96 de delitos ambientales. En este expediente, el juzgado de Curuguaty no solo otorgó la suspensión de la ejecución de la condena, sino que, de forma inédita, designó al propio acusado como su “asesor de prueba”, una figura cuya improcedencia fue calificada por Ríos como injustificable.

La Corte aprobó por unanimidad la moción del ministro y los antecedentes del juez Florentín serán remitidos al JEM para la investigación correspondiente. Paralelamente, se anunció la conformación de una mesa interinstitucional, a iniciativa de la Oficina Técnica de la CSJ y con apoyo de la ministra Carolina Llanes, para definir políticas criminales claras en casos ambientales.