En su argumento, el letrado indicó sobre las amenazas proferidas por Villalba en el marco de la intervención al Mercado 4, en cuanto a las frases: “Soy el gallo en este gallinero” y “Tienen los huevos suficientes para llegar acá”; sostuvo que para que una amenaza adquiera esa calidad de acuerdo al Art. 122 del CP, estas deben contener un pronóstico de daño a futuro, ya sea a en su vida, integridad física u otro valor y a su criterio, estas frases no contienen pronóstico de daño alguno.
“Mal podría hablarse de una interpretación antojadiza por parte del fiscal Corvalán a los efectos de llegar a la conclusión que llegó y solicitar el sobreseimiento”.
Indicó que la desestimación fue objeto de control tanto por el juez penal de garantías como por la superior jerárquica, que es la Dra. Patricia Rivarola.
Agregó que señaló que el juez Raúl Florentín, en su resolución, expuso que consta que el agente fiscal Alcides Corvalán, luego de las diligencias investigativas tendientes a la determinación de la existencia de hechos con posible relevancia penal denunciado por el viceministro de Tributación Alcides Orué, llegó a la conclusión de la no existencia de hechos punibles, solicitando en consecuencia la desestimación de la denuncia.
“Esta última resolución no fue objeto de recursos por parte de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios, concluyendo esta etapa el proceso penal y estando firme la resolución ante los órganos jurisdiccionales”, subrayó la defensa.
Concluyó que el agente fiscal Alcides Corvalán lleva más de 18 años de servicios para la ciudadanía dentro de sus funciones como agente fiscal del Ministerio Público, “no cuenta con ninguna sola sanción, ya sea de índole administrativo o de acá del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados”; aseguró que la investigación fue llevada de manera eficiente, teñida de objetividad y las diligencias han concluido en la inexistencia de hecho punible, ratificado posteriormente por el superior jerárquico que tuvo como consecuencia natural la desestimación.
Con base en ese argumento, solicitó la absolución del señor agente fiscal Corvalán.
La acusación que presentó la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios, DNIT, sostiene que Corvalán evidenció falta de objetividad al omitir pruebas clave, para pedir la desestimación de una denuncia por coacción y otros hechos punibles. Rivarola, por su parte, actuó con arbitrariedad, demostró parcialidad manifiesta y se limitó a ratificar el pedido de Corvalán, resalta la denuncia.
El Observador



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