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/ 2020-11-27 / Visitas: 441
Denuncias y multas por no usar tapabocas deberán ser gestionadas por municipios
Las denuncias y las multas que se realicen por no usar tapabocas deberán ser gestionadas por los municipios, según aclaró este viernes el director de Vigilancia de la Salud, Guillermo Sequera.

Ya se encuentra en vigencia la ley que establece el uso obligatorio de mascarillas higiénicas o de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón y el cumplimiento de las medidas de protección contra el Covid-19 de manera temporal.

En ese sentido, el director de Vigilancia de la Salud, Guillermo Sequera, aclaró que los controles serán realizados por los municipios con ayuda de la Policía Nacional.

Además, explicó que las multas y las denuncias que se realicen deberán ser gestionadas por los municipios.

“Las multas pueden ser de hasta dos jornales como está estipulado en la ley y va a depender mucho del control que hagan los municipios con ayuda de la Policía Nacional”, refirió Sequera en contacto con NPY.

El director mencionó que la normativa es de mucha utilidad para Salud Pública, ya que facilitará que se puedan aplicar otras medidas con mayor fuerza.

“Esta ley está basada en evidencia, porque el uso de la mascarilla reduce la mitad de la potencia de contagios”, expresó el director.

En caso de incumplimiento o irregularidades, el alto funcionario recomendó a la ciudadanía a documentar los hechos, con fotografías, testigos u otros, y luego acercar la denuncia ante el municipio local.

Policía no aprehenderá a infractores

Por otra parte, desde la Policía Nacional anunciaron que no aprehenderán a los infractores, pero que sí se enfocarán en una campaña de concienciación ciudadana.

“Estamos buscando estrategias para hacer cumplir la normativa, pero para la tranquilidad de la gente no se va a aprehender a quienes no cumplan”, confirmó la comisaria María Elena Andrada, jefa del Departamento de Relaciones Públicas de la Policía Nacional.

La jefa policial explicó que se recordará a la ciudadanía sobre la obligatoriedad del uso de las mascarillas en lugares abiertos y cerrados, al igual que a conductores de automóviles y motociclistas.

“Si hay resistencia, se labra un acta de procedimiento y esa acta se remite al municipio respectivo para la aplicación de las multas”, mencionó al mismo canal televisivo.

¿Dónde deben usarse las mascarillas?

Todas las personas que circulen en todo el territorio nacional, cuando concurran o permanezcan en lugares públicos o privados, a las que asistan más de cinco personas en el mismo espacio, cuya distancia sea menor a 1,5 metros, deberán usar mascarillas higiénicas o de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón.

Es obligatorio el uso de mascarillas para todas las personas que operan en los recintos cerrados como establecimientos de salud, públicos, privados, centros comerciales, hoteles, farmacias, establecimientos sociales, de educación básica, media y superior.

De igual manera, se exigirá el uso de mascarillas en discotecas, restaurantes, casinos y actividades similares, también en establecimientos donde se fabriquen, depositen o manipulen productos, medicamentos o alimentos.

En caso de estar en uno de los lugares cerrados establecidos sin mascarillas higiénicas, sus máximos responsables abonarán una multa de dos jornales mínimos para actividades diversas no especificadas de la Capital (G. 168.680), en caso de reincidencia el cierre temporal del local por 10 días y en caso de una segunda reincidencia la clausura permanente.




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