El informe señala que García Troche, investigada por supuesto lavado de dinero narco en el caso A Ultranza, tenía comodidades como un set de cepillos eléctricos para peluquería, ropero, cafetera, calentador de agua, diversos utensilios, mixtera, masajeador eléctrico, depiladora eléctrica, «vapes», estufa, parlante con entrada USB, entre otros.

Todos estos elementos fueron facilitados a la mujer sin ninguna autorización del juzgado penal de garantías, «sobrepasando la autoridad jurisdiccional». En principio, la defensa solo pidió un aire acondicionado y ese pedido fue denegado, pero de igual manera lograron acondicionar la celda e introducir otros enseres que no fueron autorizados por la Magistratura.

Tras presentarse dicho informe del juzgado, la Sala Penal de la Corte rechazó un hábeas corpus que fue presentado por los abogados de García Troche, antes de que esta fuera trasladada a Emboscada el 20 de febrero pasado. La garantía constitucional fue presentada para obtener el aire acondicionado ante las condiciones de «calor extremo».