Las consecuencias que derivan de estas situaciones son profundas y multidimensionales, afectando de forma directa la salud física, mental, emocional y el desarrollo psicosocial de las víctimas.

Las secuelas pueden manifestarse en forma de lesiones físicas, infecciones de transmisión sexual, embarazos en adolescentes, trastornos de ansiedad, depresión y pueden incluso derivar en la muerte.

Frente a esta realidad, la detección temprana, la atención oportuna y el acompañamiento integral son fundamentales y pueden marcar una diferencia sustancial en la trayectoria de vida de los sobrevivientes. En este sentido, todos los servicios de salud del país están legal y éticamente obligados a brindar atención inmediata, integral, confidencial y libre de prejuicios a niños, niñas y adolescentes en situación de violencia.

Los servicios de salud deben cumplir con la obligación de comunicar los casos a los órganos competentes del sistema de justicia, garantizando así la protección efectiva de los derechos de las víctimas.

El Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social dispone de un «Protocolo de Atención Integral a Personas Sobrevivientes de Violencia», de aplicación obligatoria a nivel nacional. Este protocolo incluye herramientas técnicas esenciales para la correcta atención y gestión de los casos, tales como:

• Flujograma de atención integral para niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia.

• Formulario de registro y atención en casos de maltrato y abuso sexual.

• Documento de consentimiento informado.

• Procedimientos para la cadena de custodia de evidencias.

Este conjunto de instrumentos normativos y técnicos busca asegurar un abordaje multidisciplinario, respetuoso de los derechos humanos y centrado en la dignidad de las víctimas.

Respetar, proteger y garantizar los derechos de cada niño, niña y adolescente no es solo una responsabilidad institucional: es un imperativo ético que compromete a toda la sociedad.

Si sos testigo de violencia, denunciá. El silencio también cobra vidas.