Este proyecto prevé que los órganos jurisdiccionales dispongan la suspensión de la ejecución de la prisión preventiva por la aplicación del arresto domiciliario. Beneficiará a personas consideradas de riesgo, tales como aquellas que hayan cumplido los 60 años de edad, padezcan enfermedades crónicas o se encuentren afectadas por movilidad reducida; mujeres embarazadas o con niños de hasta 4 años a su cargo y; personas privadas de su libertad por hechos punibles que no conlleven violencia en las personas y cuyo marco penal máximo sea de hasta diez años de pena privativa de libertad.

“Este punto generó un intercambio de opiniones y coincidimos en la importancia de este proyecto ante el hacinamiento y la protección de las personas en situación de riesgo en las cárceles del país; hemos decido aprobar el documento incorporando algunas modificaciones, en consenso con otras comisiones asesoras”, explicó.