Con la presencia de los colorados de ambos bloques, se consiguió el quórum para realizar la sesión extraordinaria en la fecha. Hoy se pretende tratar el proyecto de ley "Que modifica varios artículos de la Ley Nº 834/1996 que establece el Código Electoral Paraguayo, modificado por la Ley Nº 4743/2012 Que regula el Financiamiento Político y la Ley Nº 6167/2018"; que busca la trazabilidad de los fondos utilizados en las campañas electorales y que cada candidato presente su rendición de cuentas.
Una de las proyectistas, la diputada Rocío Vallejo (Patria Querida), indicó ante el pleno que la normativa pretende establecer un control, trazabilidad y transparencia a los recursos de los candidatos. “Es poner nombre y apellido a los montos”, aclaró la legisladora.
En ese sentido la propuesta establece que cada candidato realice una declaración jurada de los ingresos y gastos realizados durante la campaña electoral; propone que todo sea publicado en la página web del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), y permite el control durante la campaña, estableciéndose sanciones para el caso de que lo rendido no corresponda a lo que se gastó.
Se plantea también incluir a los partidos y movimientos políticos como sujetos obligados conforme a la Ley, a prevenir la utilización de la actividad política como vía de lavar dinero. El documento consta de cuatro artículos.
En el segundo punto se encuentra el proyecto de ley "Que modifica los Artículos 3º y 4º de la Ley Nº 5033/2013, que reglamenta el Art. 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos, Modificado por la Ley Nº 6355/2019, que modifica los Arts. 1º, 3º, 4º, 7° 13 y 21 de la Ley Nº 5033113, Que Reglamenta el Art. 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos, y Amplía las Disposiciones de la Ley Nº 2051/03, sus modificaciones y normas respaldatorias".
Esta propuesta establece la equiparación bajo los mismos términos y condiciones legales a accionistas, directores, socios gerentes de empresas de capital privado, con los funcionarios y empleados públicos, estableciendo la obligación de presentar y hacer públicas, las Declaraciones Juradas de Bienes, bajo la excusa de que los primeros prestan servicios o realizan obras para el Estado paraguayo.



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