El caso se encuentra en etapa de investigación preliminar en la unidad penal nº 2 del Ministerio Público de Hernandarias, a cargo de la fiscal Beatriz Adorno Acuña. La denuncia fue presentada el 2 de septiembre de 2025, y ya se dispusieron medidas de acompañamiento psicológico a la víctima.
De acuerdo con la denuncia, la trabajadora identificada con las iníciales C.M. relató que fue contratada el 15 de abril de 2023 para desempeñarse en tareas domésticas en la vivienda de Bertani, ubicada dentro del Paraná Country Club. Según su testimonio, con el paso de los meses su empleadora comenzó a generar un ambiente de hostigamiento sexual y abuso de autoridad.
En su declaración ante la Fiscalía, la denunciante refirió que inicialmente su patrona le solicitaba masajes mientras estaba vestida, pero que posteriormente comenzó a hacerlo en ropa interior. Con el tiempo, la situación habría escalado hasta el punto en que Bertani supuestamente le exigió practicarle sexo oral, bajo amenazas de despido y ofreciendo dinero a cambio. La víctima afirmó que cedió en contra de su voluntad, debido a su situación económica y a la enfermedad de su hija, que dependía de su ingreso laboral.
El hecho se investiga bajo los artículos 120 (coacción) y 133 (acoso sexual) del Código Penal, además de principios constitucionales y tratados internacionales, como la Convención de Belém do Pará, que garantizan el derecho a la dignidad y libertad sexual.
El abogado Juan José Legal Iglesias, representante de la denunciante, solicitó la apertura formal de la causa y la adopción de medidas de protección. La fiscal Adorno ordenó un estudio victimológico a través de la oficina de atención a víctimas y testigos del Ministerio Público, diligencia que está en proceso de agendamiento. SIN
IMPUTACIÓN
Hasta el momento, no existe imputación formal contra la denunciada, pero la carpeta fiscal continúa abierta y bajo análisis. Fuentes judiciales confirmaron que Bertani enfrenta otra denuncia, esta vez presentada por un hombre de 74 años, también residente del Paraná Country Club, quien la acusa de maltrato psicológico y manipulación emocional. Ambos expedientes se tramitan en diferentes instancias judiciales de Hernandarias.
El delito de acoso sexual, previsto en el artículo 133 del Código Penal, establece una pena de hasta dos años de prisión para quien, abusando de su autoridad o influencia, hostigare a otra persona con fines sexuales.
Organizaciones de derechos laborales celebraron que el Ministerio Público haya dispuesto acompañamiento psicológico y advirtieron que los casos de acoso suelen ser difíciles de denunciar, debido a la dependencia económica y la relación de subordinación con el agresor.



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