La misma habría formado parte del esquema liderado por Roberto Garcete Rodríguez y su hijo en torno a un préstamo usurario y el despojo de un inmueble. Los hechos que prescribieron son producción inmediata de documentos públicos de contenido falso, producción mediata de documentos públicos de contenido falso y uso de documentos públicos de contenido falso.
“Este juzgado, tras analizar acabadamente las acusaciones, ha observado que el requerimiento cumple con las exigencias legales y procesales para ser admitidas en la presente causa como base del presente auto de apertura, puesto que contienen una clara individualización de la acusada, quien está identificada como María de Lourdes Duarte Franco” se lee en la resolución.
La causa fue abierta en virtud a información recogida en el marco de otra investigación en la Unidad de Delitos Económicos. La porción fáctica atribuida a este “clan” ya ha sido objeto de debate en el juicio oral y público contra Ramón González Daher (RGD). El clan Garcete fue imputado por la presunta comisión de los hechos punibles de lavado de dinero, usura, asociación criminal, producción inmediata de documentos públicos de contenido falso y producción mediata de documentos públicos de contenido falso, en un primero momento.
De igual forma, se determinaron conductas penalmente relevantes que hacen a la intervención de la escribana pública María de Lourdes Duarte Franco, quien ha protocolizado una supuesta compra/venta de un inmueble. La teoría del Ministerio Público es que la venta de este inmueble no se ha dado, puesto que no se encontraron elementos que señalen que se haya realizado una transferencia de dinero en concepto de esta compra/venta. Este inmueble justamente pasó a manos de la familia Garcete Rodríguez y luego hicieron una modificación de ese protocolo, donde ampliaron el monto de la supuesta operación a Gs. 1.500.000.000, según la investigación de la Fiscalía.



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