El documento debe contener; la denominación, las bases ideológicas y programáticas que individualicen al partido político cuya constitución se proyecta y el estatuto provisorio, la constitución de las autoridades provisionales, el domicilio del partido político en formación y la designación de sus apoderados.

Cabe destacar que la Justicia Electoral a través de la Dirección de Partidos y Movimientos Políticos, brinda asesoramiento gratuito a las organizaciones civiles que deseen constituir un partido o movimiento político con miras a las Elecciones Municipales del 2020.