¿Se contempla la aplicación de sellos o registros específicos en los documentos originales? ¿Qué medidas administrativas, jurisdiccionales o legislativas podrían aplicarse para evitar la reutilización de pagarés en múltiples juicios ejecutivos y la implementación de un registro de títulos de crédito? Estas son algunas de las preguntas que la Corte tiene que responder a la Comisión Especial conformada en el Senado en el caso mafia de pagarés, presidida por el senador Rafael Filizzola. Para el lunes pasado, los legisladores invitaron a los ministros para participar de una reunión. Sin embargo, se excusaron alegando la sesión del pleno.

El 7 de mayo pasado, el senador Filizzola, envió una nota al presidente de la Corte, César Diesel para invitarle, junto al personal técnico, a participar de la reunión del lunes pasado a las 12:00 horas, en la Sala de reuniones de la Presidencia de la Cámara de Senadores, a fin de realizar un abordaje de la denominada “Mafia de los Pagarés”, cuyo temario fue anexado a la invitación cursada a la máxima instancia judicial.

Esto es lo que quieren saber los legisladores que conforman la Comisión Especial de Investigación de Carácter Transitorio, de los hechos relacionados a la denominada “Mafia de Pagarés”:

Protección de las víctimas

1. ¿Qué medidas deberían tomarse (administrativas, jurisdiccionales y legislativas) para un proceso de depuración de causas en los Juzgados de Paz en particular y de Justicia Letrada, considerando que se ha detectado un esquema sustentado en la vulneración del derecho a la defensa y que sobre esa base se han dispuesto medidas cautelares de embargos y sentencias definitivas en juicios de cobro de guaraníes?

2. ¿Podría ampliarse el protocolo de depuración aprobado por la Corte e incluir recomendaciones para otras situaciones no contempladas, como la suspensión o levantamiento de embargos en los casos en que no se cuenta con los expedientes (no se encuentran en los juzgados), entre tanto se disponga la reconstitución de los mismos?

Indicadores de gestión jurisdiccional

1. A partir de los juicios auditados en los distintos juzgados de Paz a la fecha ¿es posible inducir que no se trata de casos aislados sino el funcionamiento regular de dichos Juzgados?

2. Según los registros e informes del Poder Judicial, ¿cuántos expedientes tramitan actualmente cada uno de los juzgados de Paz intervenidos?

3. ¿Cuál es el promedio de expedientes de los Juzgados de Paz de la República en los años 2020, 2021, 2022, 2023 y 20247

4. Informes sobre condiciones de funcionamiento de los Juzgados de Paz. intervenidos: A. cantidad de funcionarios permanentes y contratados y sus respectivas funciones; B. cantidad de practicantes y modalidad de ingreso a dicha función, vínculos de los mismos con los demandantes frecuentes de dichos juzgados C. estructura edilicia D. equipamientos

5. ¿Qué indicadores de gestión utiliza actualmente la Corte Suprema para monitorear el desempeño de los juzgados de Paz, en especial en lo que respecta a la tramitación de acciones preparatorias, juicios ejecutivos?

6. ¿Existe un sistema de alerta institucional para detectar juzgados con productividad atípica en juicios ejecutivos, por ejemplo, juzgados que tiene el triple de expedientes que otros de igual clase o con un número muy superior al promedio de resoluciones de embargo, como es el caso de La Encarnación, San Roque, Catedral, Villa Elisa, Mariano Roque Alonso, Luque?

7. ¿En qué porcentaje de los juicios ejecutivos (acción preparatoria) fueron resueltos los embargos qué se presente el demandado en los últimos 5 años? ¿Este aspecto debió llamar la atención de los jueces como alerta en cuanto a la labor de los ujieres?

8. ¿Qué acciones ha tomado la Corte en los últimos cinco años para mejorar la calidad de los indicadores jurisdiccionales del fuero civil? ¿Se han implementado auditorías por tipo de proceso de manera preventiva? Remitir copia digital de todas las realizadas en Juzgados de Paz en los últimos dos años.

9. ¿Considera la Corte que los indicadores actualmente utilizados son suficientes para detectar usos anómalos o abusivos del proceso ejecutivo, o ve necesario incorporar nuevos índices específicos sobre litigiosidad masiva, tasas de demandados no presentados en acciones preparatorias?

10. ¿Qué porcentaje representan los juicios ejecutivos con relación a todos los procedimientos iniciados en el Poder Judicial?

Acciones preparatorias para la ejecución de instrumentos de crédito

1. ¿Qué medidas internas de control podría asumirse con relación al trabajo de los ujieres notificadores?

2. ¿Qué mecanismos se están considerando para garantizar que los pagarės no sean reutilizados en otros procesos judiciales? ¿Se contempla la aplicación de sellos o registros específicos en los documentos originales?

3. ¿Qué medidas administrativas, jurisdiccionales o legislativas podrían aplicarse para evitar la reutilización de pagarés en múltiples juicios ejecutivos y la implementación de un registro de títulos de crédito?

Juicio Ejecutivo – acciones preparatorias

1. El procedimiento previsto para las acciones preparatorias del juicio ejecutivo de cobro de guaraníes vigente ¿asegura el cumplimiento de las garantías del debido proceso?

2. ¿Cuántos juicios ejecutivos se han iniciado en los últimos cinco años por año, y qué porcentaje de ellos se han dictado embargos sin que el demandado comparezca? En caso que ese dato no sea registrado en la actualidad ¿podría incluirse entre los datos reportados en los informes ya establecidos para los Juzgados?

Gestión judicial y posibles colusiones

1. ¿Existe algún monitoreo sobre la concentración de demandas de cobro de guaraníes en determinados juzgados o con determinados actores jurídicos?

2. ¿Qué protocolos/indicadores existen para detectar patrones anómalos como cantidad masiva de resoluciones de embargos, tasas inusuales de incomparecencia de la parte demandada 0 concentración de demandantes en determinado juzgado, etc.?

3. ¿Cuántos sumarios se han iniciado a funcionarios de Juzgados Paz y de Justicia Letrada, en particular actuarios judiciales y ujieres en los últimos cinco años?

4. Respecto a la Acordada N° 1800, del 30 de abril de 2025, ¿podría ampliarse a los juzgados de justicia letrada considerando que en ellos obran casos similares?

Posibles reformas o cooperación

1. ¿Estaría la CSJ abierta a participar por medio de sus técnicas en un proceso de revisión y redacción de propuestas legislativas a partir de los hallazgos de las auditorías y otros diagnósticos de los problemas actuales en materia de juicios ejecutivos?

2. ¿Qué tipo de cooperación técnica o institucional puede ofrecer la CSJ a la comisión investigadora en términos de datos, expedientes, o análisis forense documental?