Este fue el tercer juicio que afrontó González por el mismo caso. El mismo fue acusado por el Ministerio Público por Homicidio Doloso. La primera vez fue absuelto de culpa y pena, pero tras la apelación el fallo fue anulado. En el segundo debate público fue condenado a 6 años de pena privativa de libertad, al ser hallado culpable por Homicidio Doloso por excitación emotiva. Pero luego de una nueva apelación, la sentencia nuevamente fue anulada.
Mientras, en este tercer juicio, el Tribunal Colegiado de Sentencia -conformado por Evangelina Villalba, Óscar Genes y Amílcar Marecos- cambió la calificación a Intervención en el Suicidio y sentenció al exedil comunal a 9 años de prisión. Los jueces ordenaron la inmediata remisión del condenado a la cárcel. El Ministerio Público estuvo representado en el Juicio Oral por el agente fiscal Víctor Adolfo Santander.
Según la sentencia del Órgano Juzgador, González Méndez incitó en reiteradas oportunidades a su esposa para que cometiera el suicidio, que se produjo en la madrugada del 26 de febrero del 2016. La mujer se autodisparó un balazo en la cabeza y falleció luego de varias horas de agonía en un centro asistencial de Foz de Yguazú (Brasil).



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