El Abg. Rodrigo Sanabria comentó a El Observador que solicitaron revisión de medidas en vista de que la condena del Tribunal aún no se encuentra firme, “por lo tanto reviste la investidura de medidas cautelares todavía. Solicitamos en base a lo establecido tabla de artículo 19 de la Constitución Nacional que nos dice de que en ningún caso pues de pasar la prisión preventiva o una medida cautelar, la pena mínima establecida por ley. También en el artículo 236 del CPP y sus concordantes.”

Explicó que su defendido en el 2021 estuvo 5 meses y 20 días bajo medida de prisión preventiva. Posteriormente, el Tribunal de Apelación le otorgó el arresto domiciliario, donde estuvo computando 2 años, 6 meses y 23 días exactamente; y como fue de conocimiento público, el juicio oral y público del exintendente de Nueva Colombia, Nelson López, culminó el 31 de diciembre del año pasado y por lo tanto hoy en día ya también ha cumplido la pena mínima de 6 meses y él estuvo más de 6 meses en este caso, “por lo tanto, solicitamos la revisión de medidas teniendo en cuenta que corresponde, al menos esta defensa técnica manifestó de que corresponde otorgar una medida menos gravosa y el Tribunal la analizó y por lo tanto le otorgó la libertad ambulatoria a nuestro defendido.”

El 31 de diciembre de 2024, el Tribunal de Sentencia, integrado por las juezas Ana Rodríguez, Karina Cáceres, y Yolanda Morel, condenó al exintendente de Nueva Colombia, a 8 años de cárcel además la inhabilitación para ejercer funciones públicas por cuatro años, por lesión de confianza y administración en provecho propio, por el perjuicio de G 2.663 millones ocasionado a la comuna. 

El Colegiado concluyó que fue probado en juicio que el perjuicio causado a la Comuna fue mediante la emisión de cheques y el cobro de ellos, tanto por Nelzo López, su exsecretario Lorenzo Cabrera y terceras personas durante los ejercicios fiscales 2013, 2014 y 2015. 

Dicho perjuicio también fue generado a través de la suscripción de 13 contratos por obras que fueron pagados íntegramente pese a no reunir las condiciones de calidad y cantidad requeridas en los contratos. 

Para el Tribunal, el perjuicio total causado fue de G 2.663.315.462. “El acusado Nelzo Ramón López sabía que los cheques eran librados a partir de cuentas de la municipalidad y no eran destinados al uso establecido”, exclamó la presidenta del Tribunal durante la lectura de la sentencia.