El informe cuestionó el ingreso a la red sanitaria privada , pero no recibió respuesta hasta la publicación de este artículo.
Cabe destacar que Jamil tiene antecedentes de enfermedad pulmonar obstructiva crónica, que requiere el uso de oxígeno. Detenido desde el 19 de abril de 2021, cuando se entregó tras pasar casi un año prófugo, necesitó 51 días en la celda de Las Garras (Comisaría Especializada para la Represión de Robos a Bancos, Asaltos y Secuestros) hasta quedar bajo arresto domiciliario.
Durante este tiempo , necesitó cuidados especiales, como la presencia de una enfermera, e incluso fue sometido a una cirugía cardíaca de emergencia. Recién entonces quedó en libertad para responder a la demanda en libertad.
En el momento de la detención, el acusado presentaba signos de pérdida de peso, pérdida de memoria de acontecimientos recientes y disnea (dificultad para respirar). Para tener derecho al arresto domiciliario, el Rey de la Frontera pagó una fianza de R$ 990.000.
En el proceso, Gaeco (Grupo de Acción Especial para la Represión del Crimen Organizado) expresó su apoyo a la continuación del arresto domiciliario ante la situación sanitaria . “Es importante subrayar, finalmente, que, a pesar del precario estado de salud de Fahd Jamil, los motivos que motivaron el decreto de su prisión preventiva aún persisten”.
Monitoreo electrónico - Desde el 10 de abril de 2023 se encuentra sin tobillera electrónica. El fin definitivo, del que el imputado ya estaba libre cuando viajó a São Paulo para recibir tratamiento de salud , fue determinado por el juez del 1º Juzgado Penal de Campo Grande, Roberto Ferreira Filho.
El juez mantuvo las siguientes medidas cautelares: no cambiar de residencia sin previo aviso a la Justicia; no ausentarse de Campo Grande, por más de ocho días, sin autorización previa; asistir a todos los actos del proceso, cuando sea debidamente citado, bajo pena de eventual reinstauración de su prisión; atención domiciliaria en horario nocturno entre las 20.00 y las 6.00 horas, y todo el día los sábados, domingos y festivos (en estos casos, durante las 24 horas); además de comparecencias mensuales ante el tribunal.



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