Se trata de los imputados Queiroz García, María Celeste Leoz De Ribeiro, María Clemencia Pérez de Leoz y Nora Cecilia Leoz de Cardozo, a quienes se les impuso las siguientes medidas:
Residir en el domicilio denunciado en autos, no pudiendo cambiarlo sin autorización del Juzgado; prohibición de cambiar de número de celular proveído al Juzgado; la obligación de presentarse del 01 al 10 de manera bimestral y las obligación de comparecer a todas las citaciones que el Juzgado realice.
Respecto a viajes al extranjero, solamente Queiroz García cuenta con prohibición de salida del país, a las demás imputadas se les impuso la obligación de comunicar previamente sobre cualquier viaje que implique dejar el territorio paraguayo.
Según los antecedentes, la investigación se origina en el «FIFA Gate» a partir de 2015, cuando agencias de EE. UU. y órganos judiciales impulsaron procedimientos relacionados con la posible comisión de hechos punibles de carácter económico, patrimonial y de lavado de dinero. Este año, Paraguay recibió un pedido de captura y extradición de EE. UU. contra el entonces expresidente de la CONMEBOL, Nicolás Leoz, a quien se le había impuesto arresto domiciliario el 1 de junio de 2015.
A principios de 2016, el Ministerio Público registró la sede de la CONMEBOL en el marco de una solicitud de cooperación internacional. Esto motivó que la entidad ordenara una investigación interna y una auditoría forense, cuyos resultados se presentaron en EE. UU. y Chile. Posteriormente, se aprobaron acciones legales correspondientes, incluyendo una denuncia penal basada en al menos cuatro modalidades de operaciones irregulares que causaron un posible perjuicio patrimonial a la CONMEBOL.
Las operaciones más graves, según la Fiscalía, se habrían registrado entre 2000 y 2014, periodo en el que Nicolás Leoz ejerció como presidente de la institución (1986-2013).
BANCO ATLAS
Se constató que, pese a las alertas públicas que existían contra Leoz, este celebró y modificó en 2016 contratos de fideicomiso de administración de valores y fuente de pago con Banco Atlas (en su carácter de fiduciario).
En estos contratos, Leoz se consignaba como titular indistinto de Certificados de Depósito de Ahorro (CDAs) por montos que ascendían a G 23.014.526.050 y USD 2.160.791. Los fondos iniciales, según los documentos, constituían bienes de su propiedad.
Las cláusulas contractuales establecían que los patrimonios autónomos creados se destinarían, en gran parte, al pago de gastos médicos de Leoz en el exterior y a sus procesos judiciales. El remanente debía ser transferido a sus beneficiarios: su cónyuge e hijos.
LAVADO DE DINERO
Siempre según las investigaciones, estos contratos se suscribieron pese a existir alertas públicas sobre Leoz, lo cual resulta relevante, ya que la normativa vigente en prevención de lavado de dinero exige la debida diligencia durante todo el desarrollo de la relación comercial, no solo al inicio.
De acuerdo con la documentación, se sospecha que los directivos de Banco Atlas —identificados como Miguel Ángel Zaldívar Silvera, Jorge Enrique Vera Trinidad, Celio Tunholi, Eleno Martínez Duarte y Eduardo Queiroz García— habrían aprobado la suscripción de los fideicomisos, obteniendo un objeto proveniente de un hecho antijurídico, con presunto conocimiento de su procedencia.
Por su parte, el oficial de cumplimiento José Miguel Páez Corvalán es sospechoso de haber proporcionado información no acorde a la realidad en sus análisis e informes para justificar la operación.
Finalmente, la cónyuge e hijas de Leoz ─María Clemencia Pérez de Leoz, Nora Cecilia Leoz de Cardozo y María Celeste Leoz de Ribeiro─ también habrían recibido objetos provenientes de un hecho antijurídico, con presunto conocimiento de su origen ilícito.
El Observador



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