Los procesados en esta causa son Osmar Raúl Cañete Roa, imputado como presunto autor de lesión de confianza, instigación a la alteración de datos y producción de documentos no auténticos; Roque Damián Valdez Centurión, imputado como presunto cómplice del hecho punible de lesión de confianza; y Víctor Marcelo Jaquet Pintos, procesado como presunto autor de alteración de datos.

En su solicitud, las fiscales Laura Giacummo y Belinda Bobadilla expusieron que la investigación aún requiere la incorporación de numerosos elementos de convicción indispensables para definir el requerimiento conclusivo. Entre las diligencias pendientes figuran informes solicitados al Banco Nacional de Fomento, Banco GNB, Banco Atlas y Ueno Bank, relacionados con transferencias de dinero presuntamente vinculadas al esquema investigado.

Asimismo, continúan pendientes respuestas de diversas instituciones públicas, entre ellas la Dirección de los Registros Automotores, la Dirección Nacional de Migraciones, el Departamento de Identificaciones, la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad) y la Municipalidad de Asunción. También fueron requeridos informes a las empresas de telefonía Telecel S.A.E. (Tigo), AMX Paraguay S.A. (Claro), Núcleo S.A. (Personal) y Copaco-Vox, además de la Dirección de Análisis de Información Estratégica del Ministerio Público.

La Fiscalía también informó que aún deben recibirse las declaraciones testificales de funcionarios de Copaco, diligencias que siguen pendientes de realización.

El 17 de abril de 2026 se realizó la audiencia para la extracción de datos de 13 dispositivos electrónicos incautados durante la investigación, oportunidad en la que el Juzgado Penal de Garantías otorgó un plazo de 65 días hábiles para la elaboración del informe pericial. Dicho estudio aún no fue concluido y es considerado por la Fiscalía como una prueba clave para determinar la eventual responsabilidad de los procesados.

Al analizar el pedido, la Alzada concluyó que las diligencias pendientes reúnen las características de una investigación compleja. Señaló que la extracción y análisis de información contenida en múltiples dispositivos electrónicos constituye prueba electrónica cuya obtención demanda un tiempo adicional, al igual que los numerosos informes requeridos a entidades públicas y privadas.

Los camaristas también destacaron que la magnitud del perjuicio económico investigado, superior a G. 1.119 millones, así como la naturaleza de los hechos punibles atribuidos, justifican la extensión del plazo de investigación. Agregaron que las diligencias pendientes responden a dificultades objetivas propias de este tipo de causas y no a una demora injustificada del Ministerio Público.

Con esta decisión, el plazo para la presentación del requerimiento conclusivo, que inicialmente vencía el 28 de julio de 2026, fue extendido hasta el 28 de enero de 2027.

Según la hipótesis fiscal, el esquema consistía en simular pagos que debían realizarse a la Municipalidad de Asunción para desviar esos fondos hacia cuentas personales, ocasionando un perjuicio patrimonial a Copaco.