La Fiscalía sostuvo que el acusado representa un alto nivel de peligrosidad, respaldando su pedido en la gravedad de los hechos y en los antecedentes penales del procesado en la República Oriental del Uruguay, donde ya habría sido condenado por homicidio, tentativa de homicidio y otros delitos.

El representante del Ministerio Público fundamentó su solicitud en las pruebas testimoniales, documentales y periciales presentadas durante el juicio oral, que confirmaron no solo la tenencia y tráfico de armas de fuego de guerra, sino también la vinculación directa del acusado con al menos dos homicidios cometidos en Paraguay, presuntamente por encargo.

El proceso penal se inició a raíz de un procedimiento realizado el 9 de febrero de 2022, cuando personal policial de la Comisaría 10ª de Cruce Bella Vista, junto con efectivos del Departamento Contra Delitos Económicos y Financieros, realizó un control preventivo de rutina sobre la Ruta PY05, a la altura del kilómetro 146,5. Durante la inspección de un ómnibus de la empresa Golondrina, que viajaba desde Pedro Juan Caballero hacia Asunción, los agentes detectaron la presencia de un ciudadano extranjero sin documentación migratoria. Se trataba de José Enrique González Silveiro, quien no pudo acreditar su ingreso legal al país.

Al revisar su equipaje, los agentes hallaron un fusil de asalto M4 calibre 5,56 x 45 mm, sin número de serie visible, con dos cargadores y 56 proyectiles sin percutir; una pistola Bersa Mini Thunder calibre 9 mm, con 32 cartuchos; tres chalecos antibalas, uno de ellos con la inscripción “POLICÍA” y otro con trazabilidad a la Policía Nacional del Uruguay; un teléfono celular Xiaomi Redmi 9 con SIM de la empresa Claro; un par de guantes negros y documentos personales.

El procedimiento derivó en su aprehensión y en la apertura de una investigación penal a cargo del fiscal Lorenzo Lezcano, quien formuló acusación por los hechos punibles de:

Detentación, Tráfico Ilícito y Acopio de Armas de Fuego, conforme a los artículos 94, 98 y 100 de la Ley N.º 4036/10, y

Asociación Criminal, según el artículo 239 del Código Penal.

El eje central de la acusación giró en torno a los resultados de la pericia de extracción de datos realizada al teléfono celular incautado a González Silveiro. El análisis forense reveló que el acusado mantenía comunicaciones frecuentes con presuntos miembros de una estructura criminal compuesta por ciudadanos uruguayos y brasileños, dedicada a la ejecución de personas por encargo.

De acuerdo con la teoría fiscal, González Silveiro se encontraba en Paraguay con el objetivo de cumplir misiones de sicariato. En los registros extraídos del celular se identificaron conversaciones con alias como “Liba”, “Gorditooo”, “Cielo Señor” y “Mati”, donde se coordinaban traslados, entregas de dinero, recargas de saldo, y también se daban instrucciones precisas sobre cuándo y cómo ejecutar los crímenes.

Uno de los mensajes más reveladores refiere la orden de dejar una nota tras una ejecución con el mensaje: “PAGAR CUENTA – DROGA NO CAE DEL CIELO. T.J.M.”

Las pericias balísticas reforzaron la hipótesis del Ministerio Público, al confirmar que la pistola Bersa incautada fue utilizada en dos homicidios ocurridos en diciembre de 2021: el de Facundo Morais Sanabria, el 29 de diciembre, y el de Richard René Aranda Fernández, el 16 de diciembre. Estos hechos ocurrieron en Pedro Juan Caballero y en Capiatá, respectivamente.

En los mensajes y archivos de audio recuperados, se reconstruyeron conversaciones donde el acusado aceptaba “misiones” y detallaba su logística. Se menciona el alquiler de una casa por seis meses como base operativa y se identificaron videos donde aparecían las armas que luego fueron incautadas.

Durante el juicio oral se presentaron los testimonios de los policías intervinientes en el procedimiento, agentes del Departamento de Crimen Organizado, peritos balísticos y expertos en análisis forense digital. También fueron producidas las pruebas documentales y audiovisuales incorporadas al expediente.

La Fiscalía concluyó su alegato final, reiterando que todos los elementos probatorios confirman la tesis acusatoria y justifican una condena severa. Solicitó una pena combinada de 14 años, compuesta por 9 años de pena privativa de libertad más 5 años de reclusión en establecimiento de seguridad, al amparo de los artículos 2, 75 y concordantes del Código Penal, que regulan medidas de seguridad aplicables a personas consideradas de alta peligrosidad. La defensa de González Silveiro expondrá su alegato final en la próxima audiencia.