La decisión, que dejó sin efecto una medida cautelar previa, fue interpretada por sectores jurídicos como una señal de insensibilidad frente a una situación límite.

La accionante había recurrido a la Justicia alegando la vulneración de su derecho a la salud, ante la necesidad urgente de acceder a un tratamiento específico. Sin embargo, la Procuraduría General de la República sostuvo que no se acreditó que la paciente hubiera solicitado previamente asistencia en centros públicos ni que existiera una negativa concreta por parte del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Argumentó además que existen protocolos y mecanismos administrativos para gestionar este tipo de pedidos dentro de la red sanitaria estatal.

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial resolvió rechazar la acción de amparo al considerar que no puede utilizarse como vía directa sin agotar antes las instancias administrativas correspondientes. Si bien reconoció la gravedad del cuadro clínico, concluyó que la paciente debía acudir al sistema público de salud para tramitar el acceso a los tratamientos disponibles.

La controversia no tardó en instalarse en el debate público. El abogado Ezequiel Santagada cuestionó con dureza el tono con el que se difundió la decisión, señalando que resulta moralmente inadmisible exhibir como triunfo haber ganado un juicio frente a una persona con cáncer en estado grave. "El nivel de desconexión con la realidad y la perversidad moral de esto son inauditos. Te estás muriendo, agotá la vía administrativa", expresó, en referencia a la exigencia formal impuesta por la sentencia.

El caso vuelve a poner bajo la lupa el delicado equilibrio entre el cumplimiento estricto de los procedimientos legales y la urgencia que imponen enfermedades de alta complejidad. Para los críticos, el mensaje que deja el fallo es que la burocracia puede imponerse incluso en contextos donde el tiempo es un factor determinante para la supervivencia. Para el Estado, en cambio, la defensa judicial se encuadra dentro de la necesidad de respetar los canales institucionales previstos por la ley.

Más allá del resultado procesal, la discusión trasciende el expediente y se instala en el terreno ético: si corresponde que una victoria judicial sea presentada como un hito cuando del otro lado hay una persona que pelea contra una enfermedad grave y que acudió a la Justicia buscando una respuesta urgente.

El Nacional