Reinaldo Gimnez, subjefe de la Patrulla Caminera, est imputado por el hecho punible contra la autonoma sexual, acoso sexual, por haber acosado a una cadete de la citada reparticin.
Hoy, el titular de la institucin, Luis Christ Jacobs, intent alegar apego al ordenamiento jurdico al sealar que se reconoce la inocencia de una persona hasta que se demuestre lo contrario.
Primero est la justicia y despus est la cuestin administrativa. Mientras no exista condena firme y ejecutoriada, no podemos tomar medidas dijo Christ Jacobs a la emisora 970 AM esta maana, ignorando por completo una reciente normativa de su ley orgnica que otorgar la facultad de suspender a Gimnez en el transcurso de la investigacin.

El artculo 69 de la Ley Orgnica de la Patrulla Caminera es bastante claro sobre cmo debe actuar.
En este sentido, cuando fue consultado acerca del artculo 69 de la ley 8698/18, sobre que este artculo permite la suspensin de las personas procesadas, dijo que acudira a la asesora jurdica de la institucin.
La citada ley indica en el artculo mencionado que cuando la infraccin imputada al inspector nacional pudiera constituir un hecho punible de accin penal pblica conforme a la ley penal vigente, se proceder a remitir en el cargo, con goce de sueldo, a disposicin de la Direccin Nacional, hasta tanto se dicte auto de prisin preventiva u otra medida alternativa a la prisin.
Christ Jacobs expres luego que si la denuncia se hubiera hecho por los conductos correspondientes, se hubiera iniciado un sumario. Pero, en este caso la denuncia fue realizada directamente en la Fiscala, record el funcionario, dejando entrever que pese a haber llegado a instancia fiscal, en la entidad no se tomarn medidas mayores.
En este sentido, la ley es bastante clara y la Patrulla Caminera debera tomar acciones, pues de lo contrario quedara pegado inexorablemente a la idea de encubrimiento y proteccin hacia uno de sus principales responsables.



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