El caso, caratulado como “J.E.I.P. s/ Abuso por medios tecnológicos”, generó profunda indignación social luego de que el tribunal dictara una sentencia absolutoria pese a las pruebas documentales y periciales que acreditaban el envío reiterado de mensajes de índole sexual a la menor. La actuación de los magistrados fue considerada por el órgano de control como un hecho de “gravedad, notoriedad e interés público”, por lo cual se dispuso la apertura del proceso conforme al art. 18 de la Ley N.º 6814/2021.

Cabe mencionar que, semanas atrás el agente fiscal Rodrigo Vázquez Díaz presentó un descargo por escrito, el cual fue incorporado al expediente administrativo, sin que ello implique freno alguno al desarrollo del enjuiciamiento.