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2021-06-11
IPS desmiente subsidio especial a familiares de fallecidos por COVID
No hay ninguna indemnización especial para los familiares de quienes fallecen por coronavirus. Sin embargo, sí existen pensiones que generan los jubilados y los trabajadores activos al morir por cualquier causa. El monto varía según cada caso.

“Surgió un tuit que decía que fallecidos por COVID tienen un beneficio que paga el instituto y eso quiero desmentir, el IPS no tiene ninguna indemnización especial por esa causa”, aclaró el gerente de prestaciones económicas del IPS, Pedro Halley, en comunicación con la 780 AM.

En conversación con Hoy Digital, Halley explicó que cuando un jubilado o un trabajador activo fallece, por la causa o enfermedad que fuera (incluyendo COVID), la previsional contempla un subsidio para el viudo o la viuda, según sea el caso.

Cuando un jubilado/a fallece, le transfiere a su viudo/a el 60 % de lo que habitualmente percibía. Cuando muere un trabajador activo con más de 15 años de aporte, también le transfiere el equivalente al 60 % de lo que cobraba.

Cuando un trabajador activo con menos de 15 años de aporte muere, se calcula un subsidio único de acuerdo con la ley. Se abona una indemnización equivalente a un salario mínimo legal por cada año de antigüedad.

Si se tratara de un concubinato, el viudo o viuda deberá presentarse con la sentencia judicial de un juzgado de Primera Instancia. Este documento se tramita con tres testigos que acrediten que el fallecido y la viuda vivían como pareja de hecho.




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