Expresó que el magistrado dio lugar al “cómputo que hizo la defensa”. “Para mí, está erróneo”, refirió Sánchez, quien dijo que analizarán con su colega Luz Guerrero si apelan o no la resolución. El magistrado, que envió a Rivas a juicio oral solo por uso de documentos falsos, está en terna para su rekutú. Además, de su dudosa actuación en caso del legislador, se le critica a Palacios su benevolencia con el presunto narco Javier “Cucho” Cabaña, cuya preliminar se suspendió 14 veces.

“Estoy evaluando las ponderaciones que realizó el juzgado y luego me tengo que reunir con mi colega (Luz Guerrero) que está conmigo en la causa, para ver qué determinaciones vamos a llevar adelante. O sea, qué conductas procesales podemos interponer ante lo resuelto por el juzgado”, manifestó Sánchez en entrevista con El Observador Radio-TV.

“En cuanto a la cuestión de fondo, de haber prescrito una porción y elevado por otra, esa sí va a ser objeto de evaluación conjunta con mi colega, con quien estoy asignada a la causa”, apuntó.
“Para entender bien es ahí donde yo encuentro un error, yo, ¿verdad? Yo, Patricia, leyendo, ya leí esa parte, pero tengo que reunirme con mi colega Guerrero”, afirmó.

“Ahí donde yo encuentro un error en la subsunción, porque y en la ponderación de la cuestión fáctica y con el análisis de la prescripción, porque el juez realiza el análisis de prescripción desde la emisión del certificado de estudios y el título. Y en base a esas fechas de emisión de esos documentos es que realiza la el cómputo”.

“Y esos dos documentos no son objeto de la causa, pero sí son ponderados, porque son la base de la constancia falsa que es la conducta típica que prevé el 251 (del Código Penal”, manifestó la fiscala.

El 251 dice, «El que hiciera dejar constancia falsa de declaraciones, actos o hechos con relevancia para derechos relaciones jurídicas en documentos, libros, archivos, registros públicos será castigado con pena privativa”. Y acá donde nosotros encontraríamos, no quiero tampoco explayarme mucho sobre el punto”.

“Lo que sí es que el punto de partida para el cómputo de la prescripción me parece que hay un error ahí; y entonces eso es lo que estamos, estoy valorando ahora, sola primero y después con mi colega para ver si articulamos alguna herramienta para resolver esta cuestión, para que sea subsanado esta cuestión en alzada”, afirmó la agente del Ministerio Público.

-Desde cuándo se tiene que contar según la interpretación de ustedes. Porque ustedes acusaron.

“Nosotros establecemos que primero tenemos la declaración la producción mediata de la resolución de la Cámara de Diputados que le otorgó la representación de dicho órgano ante el Jurado. Después está como segunda porción fáctica la expedición de la matrícula, que fue en julio de 2021 y recordar que la imputación es de enero del 2023. Entonces, ese no está operada la prescripción porque fue producida la matrícula, que es un documento público de julio del 2021 y antes de que opera la prescripción que fue en julio, que debería haber operado en julio del 2024, en enero de 2024 se produce la imputación que corta el cómputo. Ese es otro”.

“Y la tercera porción fáctica como representante del jurado enjuiciamiento, o sea, mantiene la declaración falsa y ahí es donde es porque nosotros aludimos al certificado y al título porque es la base de la afirmación de que él es abogado”, concluyó la fiscala Sánchez.

El Observador