El Abg. Marciano Daniel Lobo, pretendía que su excepción de falta de acción fuera resuelta antes de la audiencia sin embargo el estudio fue diferido, lo que a su criterio ocasiona un perjuicio que atenta contra el derecho a la defensa.
Según la defensa, la excepción de falta de acción constituye un medio de defensa destinado a cuestionar la viabilidad jurídica misma de la persecución penal. “Su finalidad consiste precisamente en evitar la prosecución de un procedimiento cuando existe un impedimento legal para el ejercicio o la continuación de la acción penal”, expresó el profesional en su escrito.
En ese sentido, manifestó que admitir que una excepción de esta naturaleza quede diferida para una etapa posterior “implica privar de eficacia práctica al mecanismo procesal expresamente diseñado por la ley para evitar la continuación de procesos afectados por obstáculos legales”.
La magistrada explicó que el Código de forma ha establecido un régimen específico para el tratamiento de las cuestiones que son planteadas durante la etapa intermedia, en consecuencia, la circunstancia acerca que el Art. 330 del C.P.P., establezca que las excepciones se tramitarán en forma de incidente no puede ser interpretada en el sentido pretendido por la defensa, esto es, como una obligación de resolver toda excepción planteada durante la etapa intermedia mediante un pronunciamiento autónomo y necesariamente anterior a la audiencia preliminar.
Remarcó que el propio Código Procesal Penal contempla expresamente que las excepciones pueden ser planteadas durante la etapa intermedia y establece, a su vez, que las cuestiones planteadas serán resueltas por el Juez inmediatamente después de finalizada la audiencia preliminar, conforme al Art. 356 del C.P.P.
Aclaró que la providencia recurrida “no ocasiona un perjuicio actual, concreto e irreparable, pues no existe una decisión que haya cerrado la vía procesal para el tratamiento de la excepción ni que haya impedido a la defensa obtener un pronunciamiento sobre ella”.
Al interponerse una apelación subsidiaria, dio trámite al expediente ante el Tribunal de Apelación.
La fiscal Sonia Sanguinés acusó a Cano y solicitó juicio oral por su actuación en una causa contra el estilista italiano Ciro Panniello. Según la investigación reseñada por medios, en julio de 2018 habría ordenado su detención sin realizar diligencias que justificaran la medida y presuntamente lo habría presionado para entregar bienes como parte de un acuerdo con su socia comercial.



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