La convocatoria es para el sábado 28 de marzo de 2026 en Asunción.

La resolución judicial, identificada como A.I. N° 259 y fechada el 27 de marzo de 2026, fue dictada en el marco del juicio “Marizza Ramona Otilia Cañete Martínez y otros c/ Autores Paraguayos Asociados (APA) s/ nulidad de acto jurídico”.

El pedido había sido promovido por Marizza Ramona Otilia Cañete Martínez y Héctor Omar Ocampos Negreiros.

Según consta en el documento, la parte actora había solicitado la suspensión urgente de los actos asamblearios, alegando supuestas irregularidades en la convocatoria de la asamblea ordinaria y extraordinaria prevista para este sábado.

La presentación cuestionaba, entre otros puntos, las condiciones para la realización de la reunión y actuaciones atribuidas a miembros de la conducción institucional.

Sin embargo, tras el análisis de los argumentos expuestos, el juzgado resolvió rechazar la medida cautelar solicitada, con lo cual la convocatoria queda vigente en los términos fijados por la entidad.

De acuerdo con la resolución, la asamblea ordinaria fue convocada para las 08:00 horas y la extraordinaria para las 08:30, ambas en la sede de la Asociación Cristiana de Jóvenes, ubicada sobre Fulgencio R. Moreno casi Estados Unidos, en la ciudad de Asunción.

Además del rechazo del pedido de suspensión, el magistrado dispuso la notificación por cédula en formato electrónico y ordenó anotar, registrar y conservar la resolución en el gestor documental del Poder Judicial.

La decisión judicial representa, al menos en esta etapa cautelar, un revés para los accionantes y permite que la asamblea de APA se lleve adelante conforme al cronograma establecido.

El litigio principal, relacionado con la nulidad de acto jurídico, sigue su curso en sede judicial, mientras la entidad mantiene en pie uno de sus actos institucionales más relevantes.