La juez de ejecución María Lidia Wyder realizó el cómputo definitivo y determinó que Ramírez finalizará su condena el 17 de marzo del año 2028; cumplirá con la mitad de la pena el 25 de febrero del 2027 y podrá solicitar su libertad condicional a partir del 25 de julio del 2027.
Ramírez Doldán fue condenado en julio del año 2023 a 2 años y 6 meses de prisión, en el marco de la causa por tráfico de influencias y cohecho pasivo agravado que data del año 2018. La sentencia fue confirmada por todas las instancias judiciales, incluyendo la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, que en noviembre del 2025 declaró inadmisible el recurso extraordinario de casación presentado por la defensa.
Una vez firme la condena, el expediente fue remitido al Juzgado de Ejecución, el cual ordenó semanas atrás el levantamiento de las medidas alternativas impuestas durante el proceso y dispuso la captura nacional del condenado, considerando que la sentencia ya se encontraba ejecutoriada.
El 25 de noviembre, la Comisaría Cuarta de Asunción informó la detención de Ramírez Doldán, comunicando el cumplimiento de la orden judicial. Con esta notificación formal, la juez de Ejecución dejó sin efecto la captura pendiente y procedió a realizar el cómputo definitivo de la pena, conforme a lo establecido en la legislación penal y penitenciaria vigente. El Juzgado verificó que Ramírez Doldán ya estuvo privado de su libertad por dos meses, una semana y un día, tiempo que fue computado para el cómputo total de la condena, según el art. 296 del Código de Ejecución Penal.
Además, se ordenó al Organismo Técnico Criminológico realizar una evaluación integral del condenado, incluyendo estudios psicológicos, psiquiátricos, educativos y laborales, con el fin de determinar el establecimiento penitenciario adecuado y definir un plan de tratamiento dirigido a su eventual reinserción social. El informe deberá ser remitido al Juzgado dentro de un plazo máximo de 45 días.
Por otra parte, la resolución instruye comunicar lo decidido a la Unidad Penitenciaria Industrial Esperanza, a la Dirección General de Establecimientos Penitenciarios, a la Policía Nacional y a la Dirección General de Migraciones, a fin de garantizar el pleno cumplimiento de las etapas del proceso de ejecución penal.



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