La defensa, a cargo de los abogados Gilberto Raúl Agüero Mendieta y Jorge Antonio Torales Bogado, argumentó que los querellantes adhesivos carecían de legitimación activa al no ser titulares de los bienes jurídicos protegidos por los delitos de prevaricato y falsedad documental, sosteniendo que la afectación recaería únicamente sobre la administración de justicia y la fe pública, ambas de titularidad estatal.

La fiscal interviniente, en contrapartida, sostuvo que los querellantes sí reúnen la calidad de víctimas, dado que las irregularidades atribuidas a Prette —como informes presuntamente falsos sobre diligencias de notificación, entre ellas una en la sede del SNPP— impactaron de manera directa en el derecho de defensa de las partes procesales. El juzgado coincidió con este criterio, señalando que los actos atribuidos a la procesada no solo lesionan la institucionalidad, sino que generan un perjuicio concreto a quienes fueron destinatarios de dichas notificaciones.

En consecuencia, la magistratura rechazó el incidente de falta de acción, reconocer la legitimación de los querellantes adhesivos y remitir copia de la decisión a la Corte Suprema de Justicia.

Antecedentes

Ingrid Natalia Macarena Prette Goldenberg está procesada en el marco de la causa conocida como “Mafia de los pagarés”, investigación que involucra a exfuncionarios judiciales y particulares en la utilización de títulos ejecutivos falsos para iniciar demandas ilegítimas. En su caso específico, la imputación fiscal refiere a la supuesta comisión de los hechos punibles de producción inmediata de documentos públicos de contenido falso, en carácter de autora, y de prevaricato, en carácter de cómplice.

De acuerdo con la acusación, en su rol de ujier notificadora habría elaborado informes en los que consignaba diligencias de notificación sin sustento real, afectando la validez de resoluciones judiciales y vulnerando el derecho de defensa de las partes. Por estos hechos, enfrenta restricciones procesales impuestas en el marco de la investigación fiscal.

El Observador