“Las federaciones que ofician de local deberán indefectiblemente entregar las entradas para la venta al público visitante en una cantidad no mayor del 25% del total del aforo permitido (50% de público), quedando el porcentaje del 75% para la comercialización de la federación local”, expresa la Federación sobre el proceder.

En caso de que no se cumpla con lo dispuesto, la organización local se expone a una multa de “un millón a diez millones de guaraníes, de acuerdo con la gravedad”.

“La obligación de respetar el horario de entrega del día del partido, que va desde las 12:00 hasta las 15:00 para el suministro del 25% del total de las entradas a la federación visitante, de acuerdo con el aforo permitido para el público local. La correcta individualización de la ubicación a distancia del público local. Luego del vencimiento del plazo, la federación local podrá vender dichas entradas a cualquier persona con los atributos sanitarios previstos en el protocolo vigente. El incumplimiento de la entrega del 25% a la federación visitante y demás obligaciones se castigará de acuerdo a lo previsto en este ítem”, finaliza el texto.