Se trata del A.I. N° 130 del 20 de mayo de 2026, dictado por el juez penal de garantías Humberto Otazú, que fue apelado por el Abg. Mario Elizeche González. Para la Cámara, compuesta por los magistrados Arnulfo Arias, Paublino Escobar y Silvana Luraghi, los motivos expuestos por el a quo se hallan justificados y, al no advertir vicios de nulidad que invaliden el fallo apelado, este fue confirmado.
De acuerdo a la calificación formulada en la acusación, la conducta de la exjueza de Paz Liliana Mabel González de Bristot se encuadra dentro de los tipos penales de prevaricato (Art. 305, inc. 1º del CP) y uso de documentos públicos de contenido falso (Art. 252 del CP), ambos en calidad de autora.
Junto con la exjueza, afrontarán juicio los actuarios Miguel Ángel Rolón, Gloria Mariel Martínez y Liz Ortiz; los abogados Cynthia Raquel Gaona Acuña, de la firma Litoral Trading SRL; Aníbal Cino Isnardi y Gerardo Stockel Duarte, representantes de la firma Nexo SA; Mario Gabriel Rojas Ayala, por la Cooperativa San Cristóbal Ltda.; Fátima Viola Ojeda González, en representación de Mi Paraguay SA; Eliana Rodríguez, de la firma Carsa; y la Abg. Marta Martinessi Culzoni, representante de la firma Chacomer SAE.



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