Su defensa planteó la revocatoria de la medida cautelar alegando que la fiscalía ya ha realizado todas las diligencias investigativas | por la que mal puede sostenerse que mi representado podría obstruir destruir modificar ocultar, suprimir o falsificar alguna prueba o influir en el testimonio de alguna persona, ya sea coimputado, testigo o perito; o deducir a otros a efectuar tales comportamientos. Peligro de fuga tampoco existe, pues en la carpeta fiscal consta que mi defendido fue el único entre los imputados y desde un inicio se ha sometido al procedimiento ejerciendo su defensa material la misma noche de su aprehensión, solicitando luego ampliación de su indagatoria, expresa parte del argumento.
El juez ,se ratificó en la vigencia de la medida cautelar, basado principalmente al hecho de que aún siguen vigentes todos los presupuestos de la prisión preventiva tal cual lo establece el art. 242 del C.P.P, y también basado en lo previsto en el art. 252 del C.P.P, el cual requiere la existencia de nuevos elementos de juicios que demuestre que no concurren los motivos que fundaron la prisión preventiva.
Agregó que en la imputación fiscal claramente se describe la conducta presuntamente realizada por este procesado el cual, siendo funcionario contratado por la Dinac, conforme a las imágenes de vídeos objeto de investigación es la persona que procede a transportar el tractor con las últimas maletas objeto de esta investigación y las cuales según constancias de autos contenían en su interior drogas prohibidas.



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