En su análisis, el magistrado resaltó que desde el dictamiento del A.I. N°: 176 de fecha 12 de julio de 2024, las circunstancias que la llevaron a dictarlas ─el peligro de fuga y de obstrucción a la investigación─ no se han desvirtuado, a más de ello, el Agente Fiscal interviniente al momento de realizarse la audiencia manifiesta oponerse al arresto domiciliario en razón a que aún existen diligencias pendientes de realización.

“Para este juzgado es importante mencionar que conforme a autos nos encontramos ante un hecho punible grave el cual fue realizado presumiblemente actuando en su carácter de Agente Policial”, complementó Otazú, rechazando de esta manera el pedido de la defensa de ser beneficiados con el arresto domiciliario.

Los uniformados fueron importados en relación al hecho ocurrido el martes 2 de junio, cuando habrían abordado a un joven de 20 años, quien se encontraba en su vehículo, por supuesta actitud sospechosa.

Los mencionados agentes llevaron a la víctima a la comisaría y le exigieron una suma de dinero, bajo la amenaza de iniciar una causa penal en su contra, pedido al cual la víctima accedió y les entregó G 3.000.000, cifra que retiró de un cajero automático.

La operación bancaria fue notada por los padres del joven, debido a que la cuenta era conjunta y tras tener conocimiento de los sucedido, realizaron la denuncia por presunta extorsión.

Delfino agregó que estos agentes antes de dejar libre al joven, lo hicieron firmar un documento en el que constaba que no había entregado compensación económica alguna al personal. El agente fiscal alertó que este no sería el único caso de esta naturaleza y que se manejan varios casos similares.

El Observador