En contacto con El Observador Radio TV, Irigoitia abordó primeramente la naturaleza misma de dicha instancia dentro del Poder Judicial y el alcance tanto de sus resoluciones como de las sanciones, aclarando en primer término que la resolución emitida en mayo pasado y a la cual accedió El Observador, tiene un carácter declarativo, en atención a que no se trata de un órgano de aplicación de las disposiciones de los códigos de base.
«Las medidas éticas resultan al final en sanciones que son: Recomendación, Llamado de Atención que es un poco más fuerte y Amonestación que es la más grave y en este caso Marino Méndez, él este fue sancionado con categoría C que es amonestación, la más grave de las tres medidas.»
«Pero como digo, las sanciones éticas como que son vinculantes para con él, pero no con la ley y por eso me sumo a expresiones del otro miembro del Tribunal de Ética de Funcionarios, el Dr. Raúl Gómez Frutos, recomienda justamente a la Corte que se tenga en cuenta estas estas medidas éticas que dicta el Tribunal de Ética para magistrados»
«Acá hay un hay un primer eslabón en donde hubo un error que es en el Consejo de la Magistratura donde nosotros no tenemos arte ni parte, pero sí las resoluciones sobre casos de falta ética que nosotros dictamos se comunican al Consejo de Magistratura, justamente para que se tenga en cuenta el legajo de los postulantes. Lo ideal desde mi punto de vista hubiera sido que este señor no fuera luego ternado. «



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