ANTECEDENTE

Jueza primero confirmó la prisión, pero en un mes cambió de postura y dio el arresto

El 26 de abril pasado, la jueza de Lambaré, Isabel Bracho, como interina de su colega Sandra Fariña, confirmó la prisión de Julio César Duarte. Alegó que el hecho de secuestro por el que fue acusado es grave, con expectativa de pena de cinco a quince años de cárcel, que hay peligro de fuga y de obstrucción, considerando que el acusado podría influir en los testigos para que declaren falsamente en la audiencia preliminar que tiene que afrontar y en la cual se decidirá si va o no juicio oral. Tampoco consideró a favor de Duarte, la acusación que la fiscala Laura Romero presentó contra el testigo clave, César Alexis Elizeche Núñez. ¿Qué le hizo variar de postura a la jueza para cambiar la prisión por arresto domiciliario? La Corte debería auditar el expediente y no ser cómplice de groseras maniobras.

RATIFICACIÓN DE LA PRISIÓN

El pasado 26 de abril la jueza penal de garantías de Lambaré, Isabel Bracho ratificó la prisión preventiva argumentando que se encuentran ante un hecho punible grave de secuestro, tipo penal con expectativa de pena de cinco a quince años, «además resulta necesaria la presencia del procesado en atención a su participación, fundado esto en la imputación contra Julio César Duarte Servián y sustentada en suficientes elementos de convicción obrantes en autos y además se encuentra latente el peligro de fuga y de obstrucción. En este último presupuesto, esta Juzgadora estima que persiste peligro de fuga por la alta expectativa punitiva de cinco a quince años que podría corresponderle en caso de condena, considerando el tipo penal –secuestro-, conforme lo dispuesto en el artículo 243 inciso 2° del Código Procesal Penal, además, Igualmente, persiste el peligro de obstrucción, en atención a la ACUSACION contra Julio César Duarte Servían por el Ministerio Público, estando la causa pendiente de la realización de una audiencia preliminar, si bien en el requerimiento de acusación solo se individualiza las documentales, que serán producidas en otro estadio procesal, y además en el mismo escrito también solo se citan a los testigos y en el hipotético caso de elevarse la causa a Juicio Oral y Público, éstos últimos deberán deponer ante el Tribunal de Sentencia, el acusado Julio César Duarte Servían, en un régimen de libertad podría influir en testigos para que informen falsamente o se comporten de manera desleal o reticente, de conformidad a lo establecido en el artículo 244 in fine del Código Procesal Penal.- Ahora bien, con respecto a los elementos arrimados por la defensa técnica, esta magistrada entiende que los mismos ya fueron objeto de estudio para la revisión de medidas cautelaras solicitada con anterioridad, por lo que no hacen variar la situación jurídica procesal de su defendida, así tampoco desvirtúan los fundamentos expuestos por A.I. N° 588, de fecha 21 de marzo de 2024, dictada por la juez original, la cual fue recurrida y confirmada por la Cámara de Apelaciones por A.I. Nº 226 de fecha 05 de abril de 2024, por ellos esta magistrada entiende que no varía la situación jurídica ni desvirtúa el peligro de fuga ni de obstrucción, por la alta expectativa punitiva en caso de condena y estando la causa con una acusación pendiente de realización de la audiencia preliminar para el 20 de mayo de 2024”, manifestó la magistrada.

Además, que el fiscal Luis Saíd designado para la diligencia, tras la recusación de los fiscales Lorenzo Lezcano y Osmar Segovia, solicitó el rechazó por improcedente, haciendo énfasis a la posibilidad de fuga en el entendimiento principal de los marcos penales y la expectativa punitiva que tiene la causa.

Además, que se halla pendiente de sustanciación la audiencia preliminar en atención a que el Ministerio Público ha entendido haber reunido medios probatorios suficiente para sostener una acusación y elevar la causa a la siguiente etapa procesal.
También resaltó el agente fiscal que el acusado Julio Cesar Duarte registra otro procedimiento vigente en esta fecha, la causa Nº 8535/2019, que se halla pendiente de realización de juicio oral y público, fijado para el día 13 de mayo de 2024 y vinculado a hechos de lavados de activos y otros.

LO QUE MANIFESTÓ EL DEFENSOR

Esto es lo que había manifestado el 26 de abril pasado, el abogado defensor de Duarte, pero fue rechazo por la jueza Bracho.

“Esta defensa técnica viene a solicitar la revocatoria del Auto que dictó la prisión preventiva en contra de mi defendido habiendo un elemento nuevo de juicio que torna viable la aplicación de una medida alternativa precisamente es la acusación fiscal y pedido de apertura a juicio oral formulado por el M.P. de la ciudad de Lambaré cuyo cargo se encuentra dentro de la ventana del sistema judisoft de fecha 09/04/2024, donde se encuentra acusado por testimonio falso, el único testigo que le involucro a mi defendido en este hecho, resaltando que para formular acusación el M.P. ya tiene una certeza concreta y pone en duda dicho testimonio sumado a ello, el único testigo Cesar Elizeche se encuentra prófugo de la justicia en este países por ello que solicitamos en este acto la aplicación de una medida menos gravosa a la prisión preventiva ofreciendo una caución real con tosas las formalidades que exigen el protocolo de embargo preventivo así también se ofrece la caución personal del señor Osvaldo Arrua quien se encuentra presente en este acto y demuestra bastante solvencia, así también otra caución personal del señor Adolfo Sánchez, cuya declaración jurada demuestra bastante solvencia haciendo mostrar a V.S. que el Tribunal de Apelación realizó el estudio correspondiente anteriormente con el Acta de Imputación del testimonio falso del señor Elizeche y en este acto como elemento nuevo se adjunta la acusación en contra del mismo sumado a ello el encierro de mi defendido acarrea varios conflictos familiares, lo cual agrego informes psicológicos de sus menores hijos, demostrando así el arraigo suficiente en nuestro país mi defendido acepta las reglas y obligaciones de conducta que V.S: imponga en causa que sea viable el mismo va a residir en el barrio cerrado complejo Moravia de la ciudad de San Lorenzo, todo lo manifestado en atención al elemento probatorio nuevo de juicio, la calificación provisoria en todo momento y la presunción de inocencia y por ultimo solicito a V,S. el denunciante u víctima de autos presente en este acto se le tome la palabra a los efectos de sentar su postura.

Seguidamente, el juzgado concedió el uso de la palabra al denunciante, quien manifestó cuanto sigue: “yo quiero manifestar que debido al juicio nuevo que se está presentado por el testimonio falso de Elizeche, yo creo que es totalmente falso y el señor Julio Duarte no tiene nada que ver con el secuestro de mi padre, y no estoy ajeno a que el pueda seguir su proceso con una nueva medida de arresto domiciliario”.

CAMBIO DE POSTURA

La jueza Bracho, quien interinó a su colega Sandra Fariña, concedió el jueves pasado arresto domiciliario al acusado Julio César Duarte Servían por Auto Interlocutorio Nº 1077 del 30 de mayo de 2024. La magistrada contó con el allanamiento del fiscal José Luis Casaccia, quien interinó a su colega interino (ante la recusación de varios), Eugenio Ocampos.

Como argumento principal para su visto bueno al arresto, Casaccia reveló que el 9 de mayo pasado, la fiscala Laura Romero acusó y pidió juicio oral por testimonio falso a César Alexis Elizeche, quien es el principal testigo contra Duarte, en su complicidad en el secuestro.

La jueza además tomó en cuenta, esta vez, lo que señaló el hijo de la víctima, quien afirmó que Duarte no tiene nada que ver en el secuestro de su padre.

También mencionó el dictamen médico del doctor Francisco Aguirre Talavera, del 29 de mayo de 2024, quien refirió que Duarte tiene poca tolerancia a vía oral, deshidratación, infección de las vías urinarias sin tratamiento médico. “Paciente con cuadro respiratorio de larga data, sospecha de TUBERCULOSIS PULMONAR, se recomienda AISLAMIENTO estricto y realizar estudios complementarios para mejorar diagnóstico y tratamiento”, afirmó el médico.

La jueza incluso dejó participar de la audiencia al denunciante del hecho de secuestro, quien afirmó que el testigo César Alexis Elizeche mintió y que “el señor Julio César Duarte nada tiene que ver con el secuestro de mi padre, yo no estoy ajeno a que el pueda seguir su proceso con una nueva medida de arresto domiciliario. Yo soy testigo director de los hechos acontecidos, inclusive, en un momento realice un careo con Elizeche y en ningún momento se habla de Julio Duarte”.

El Observador